¡Atención contribuyentes! Estas son las fechas clave para pagar impuestos en Bogotá en 2025

La Secretaría de Hacienda de Bogotá ha establecido las fechas límite para el pago de los impuestos en la ciudad para el año 2025. El calendario tributario incluye los plazos para el pago del Impuesto Predial Unificado (IPU), el Impuesto de Industria y Comercio (ICA), el Impuesto sobre Vehículos Automotores y el Impuesto de Retención en la Fuente.

Impuesto Predial Unificado (IPU)

El IPU es un impuesto que grava la propiedad de bienes inmuebles en Bogotá. Las fechas límite para el pago del IPU en 2025 son las siguientes:

  • Cuota 1: Del 1 al 15 de marzo de 2025
  • Cuota 2: Del 1 al 15 de junio de 2025
  • Cuota 3: Del 1 al 15 de septiembre de 2025
  • Cuota 4: Del 1 al 15 de diciembre de 2025

Impuesto de Industria y Comercio (ICA)

El ICA es un impuesto que grava las actividades industriales, comerciales y de servicios en Bogotá. Las fechas límite para el pago del ICA en 2025 son las siguientes:

  • Cuota 1: Del 1 al 15 de marzo de 2025
  • Cuota 2: Del 1 al 15 de junio de 2025
  • Cuota 3: Del 1 al 15 de septiembre de 2025
  • Cuota 4: Del 1 al 15 de diciembre de 2025

Impuesto sobre Vehículos Automotores

El Impuesto sobre Vehículos Automotores es un impuesto que grava la propiedad de vehículos automotores en Bogotá. Las fechas límite para el pago del Impuesto sobre Vehículos Automotores en 2025 son las siguientes:

  • Vehículos con placas terminadas en 0, 1, 2 y 3: Del 1 al 15 de abril de 2025
  • Vehículos con placas terminadas en 4, 5 y 6: Del 1 al 15 de mayo de 2025
  • Vehículos con placas terminadas en 7, 8 y 9: Del 1 al 15 de junio de 2025

Impuesto de Retención en la Fuente

El Impuesto de Retención en la Fuente es un impuesto que se retiene de los pagos de salarios, honorarios y otras rentas. Las fechas límite para el pago del Impuesto de Retención en la Fuente en 2025 son las siguientes:

  • Retenciones mensuales: Dentro de los 10 primeros días hábiles del mes siguiente al que se realizó la retención
  • Retenciones bimestrales: Dentro de los 15 primeros días hábiles del mes siguiente al que se realizó la retención
  • Retenciones cuatrimestrales: Dentro de los 20 primeros días hábiles del mes siguiente al que se realizó la retención
  • Retenciones anuales: Dentro de los 30 primeros días hábiles del año siguiente al que se realizó la retención

Es importante tener en cuenta que el pago de los impuestos en las fechas establecidas permite evitar sanciones e intereses moratorios. La Secretaría de Hacienda de Bogotá ofrece diferentes canales para el pago de los impuestos, como la banca virtual, los puntos de atención presencial y los corresponsales bancarios.