Aprobación de presupuesto en asamblea de propietarios: ¿Es legal sin la votación del presupuesto?
Según el artículo 38, numeral 4, de esta ley, es función de la asamblea de propietarios aprobar el presupuesto anual del edificio o conjunto, así como las cuotas para atender las expensas ordinarias o extraordinarias. Además, se debe incrementar el fondo de imprevistos cuando sea necesario.
En este sentido, la abogada Nora Pabón Gómez enfatiza que, aunque se deben analizar los antecedentes de cada caso, como el reglamento de propiedad horizontal y las actas de las asambleas, es claro que la aprobación del presupuesto anual es un requisito obligatorio. No es suficiente con autorizar al Consejo de Administración para realizar traslados presupuestales.
Por lo tanto, para proceder legalmente al cobro de las cuotas de administración, se debe convocar a la asamblea de propietarios con el fin de aprobar el presupuesto. Esto se debe a que el valor de las cuotas depende directamente del presupuesto aprobado.
Asambleas ordinarias virtuales: ¿Pueden limitar la discusión de temas?
Otra consulta frecuente es sobre la legalidad de limitar la discusión de temas en las asambleas ordinarias virtuales. Según la Ley 675 de 2001, en cualquiera de las modalidades de asamblea, la convocatoria debe incluir el orden del día, y no es posible tomar decisiones sobre temas no previstos en este.
En el caso planteado, en el que una asamblea ordinaria virtual estableció que solo se podían tratar los temas incluidos en el orden del día, esta limitación es legal. Sin embargo, los propietarios pueden solicitar la convocatoria de otras asambleas extraordinarias cumpliendo con los requisitos establecidos en la ley.
Además, estas asambleas extraordinarias no pueden convocarse sino por necesidades imprevistas o urgentes, lo cual deberá ser demostrado por el Consejo de Administración. No obstante, los asistentes pueden participar con derecho a voz y voto.
Proyectos de ley sobre propiedad horizontal: ¿Cuál es su estado actual?
En cuanto a los proyectos de ley que buscan modificar la Ley 675 de 2001, es importante mencionar que el Proyecto de Ley 205 de 2022 Cámara, acumulado con el Proyecto de Ley 282 de 2022 Cámara, fue retirado el 27 de febrero de 2024.
Por otro lado, el 23 de marzo de 2024, se radicó en la Cámara de Representantes el Proyecto de Ley 397 del 12 de marzo de 2024, que busca una vez más reformar la Ley 675 de 2001. Actualmente, este proyecto se encuentra en la Comisión Primera Constitucional para su primer debate.