Indignante: EPS envía carta a mujer fallecida un mes después de su muerte
En un hecho insólito, la EPS Compensar envió una carta a una mujer fallecida un mes después de su deceso, respondiendo a un derecho de petición que había sido interpuesto ante la Superintendencia de Salud.
Carta con respuesta a fallecida
Georgina Amaya de Gallego falleció a los 98 años en Villavicencio el pasado 17 de septiembre de 2024. Sin embargo, el 24 de octubre de 2024, la EPS Compensar envió una carta dirigida a ella, en la que saludaban a la mujer y daban respuesta a un derecho de petición que había sido interpuesto el 20 de junio pasado.
Solicitud de citas y procedimientos no atendidos
En la carta enviada por la EPS, Compensar respondió a una solicitud de citas de hematología, psiquiatría, nutrición, gastroenterología y medicina interna. Los familiares de la fallecida indicaron que los fallos salieron a favor de la paciente, pero no fueron atendidos antes de su deceso.
Fragmento insólito en la carta
En la respuesta de la EPS, surgió un fragmento muy particular: «Lo anterior, validamos en nuestro sistema y registro novedad en la afiliación ‘Retiro por muerte’, en esta oportunidad queremos manifestarle nuestro más sentido pésame por tan triste evento», escribió Compensar en la carta a la fallecida.
Disconformidad y trabas por parte de la EPS
El yerno de la mujer fallecida, Jaime Fernández Molano, afirmó que hubo trabas por parte de la EPS en el proceso de atención médica de su suegra. «Cuando por fin había cita, para hacer efectivas las solicitudes de exámenes y de los medicamentos ordenados, tocaba llegar muy cerca de la eternidad, mientras ella agravaba día a día hasta quedar en la postración total», indicó.
Derecho de petición y respuesta legal
Ante las trabas y la falta de atención oportuna, la familia acudió a un derecho de petición ante la Superintendencia de Salud. La respuesta por parte de Compensar EPS llegó en forma de una carta que fue recibida después del deceso de la mujer.
Cabe recordar que las personas también pueden interponer una tutela contra las EPS, la cual un juez debe responder en 10 días hábiles. En caso de no hacerlo, se puede iniciar un proceso administrativo a través de una carta dirigida al Consejo Seccional de la Judicatura.