La Fiscalía General de la Nación se encuentra analizando una solicitud presentada por el Gobierno del presidente Gustavo Petro, particularmente por el Ministerio de Justicia, para dejar de considerar los actos cometidos durante las protestas sociales como delitos de terrorismo o concierto para delinquir. El objetivo de esta medida es que los fiscales, al momento de imputar delitos relacionados con las protestas, no inicien las investigaciones bajo la presunción de terrorismo.

Solicitud de cambio en la calificación de los delitos de protesta

La propuesta fue anunciada el 10 de mayo por el ministro de Justicia, Néstor Osuna, durante un evento en Cali. "Con la nueva fiscal (Luz Adriana Camargo), estamos trabajando y muy pronto expedirá una directriz que establecerá que los hechos de protesta social no son terrorismo ni concierto para delinquir", afirmó Osuna.

Liberación de personas encarceladas

Tras este anuncio, Osuna aseguró que "todos los que están en la cárcel saldrán", refiriéndose a las personas detenidas durante las protestas del Paro Nacional de 2021. El ministro explicó que intentó dialogar sobre este asunto con el exfiscal general Francisco Barbosa, pero no logró ningún acuerdo.

Respuesta de la Fiscalía

Frente a esta solicitud, la Fiscalía General publicó un comunicado en el que señala que el equipo directivo "ha escuchado los planteamientos y solicitudes formales del Ministerio de Justicia para revisar el alcance de la calificación y las imputaciones por terrorismo y concierto para delinquir en relación con los delitos cometidos durante las protestas sociales".

Evaluación de argumentos

La Fiscalía añadió que, antes de adoptar una postura oficial, se encuentra estudiando cuidadosamente los argumentos presentados por el ministro Osuna, teniendo en cuenta la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y la doctrina jurídica internacional, especialmente la de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Decisión final en manos de los jueces

Finalmente, la Fiscalía enfatizó que la palabra definitiva sobre este asunto la tendrán los jueces penales competentes y, en última instancia, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.