Tribunal Administrativo de Cundinamarca niega libertad inmediata a Salvatore Mancuso

Mancuso intentó salir en libertad el 17 de abril, pero el tribunal se lo negó

La justicia ordinaria aún tiene procesos pendientes contra el exjefe paramilitar

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó el recurso de habeas corpus presentado por Salvatore Mancuso, con el que buscaba quedar libre de forma inmediata. Esta es la segunda vez que el tribunal le cierra las puertas al exjefe paramilitar, quien el 17 de abril intentó, por los mismos medios, salir en libertad.

Según el fallo del magistrado Luis Manuel Lasso, no es viable otorgarle la libertad al excomandante de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), pues aún tiene varios pendientes en la justicia ordinaria. Mancuso tiene agendadas audiencias durante esta y la próxima semana para definir qué otras instancias judiciales lo requieren y, así, definir su situación de libertad.

El pasado 9 de mayo, el magistrado José Manuel Bernal Parra, de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá, levantó 57 medidas de aseguramiento que pesaban sobre los hombros de Salvatore Mancuso. Esas medidas fueron sustituidas, en principio, por otras no privativas de la libertad.

De acuerdo con la lectura del magistrado, Salvatore Mancuso tendría que presentarse ante las autoridades, como fiscalías o tribunales de Justicia y Paz en el momento que lo requieran, "pero también ante las distintas autoridades que eventualmente lo llegaran a requerir para que se continúe con lo esencial de este proceso transicional", señaló el togado.

Sin embargo, Mancuso volvió a la Cárcel La Picota, donde permanece recluido. El argumento de su defensa para pedir el recurso de habeas corpus responde, precisamente, a la decisión de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá, pues precisa que la privación de libertad de Mancuso se ha prolongado "sin fundamento legal" luego de la decisión que levantó las más de 50 medidas en su contra.

No obstante, según el magistrado Lasso, "en este orden de ideas, la protección del derecho a la libertad, a través de la acción de habeas corpus, solo procede cuando la privación de la libertad se produce con violación de las garantías constitucionales y legales o cuando de manera ilegal se prolonga la privación de la libertad".

A todo esto se suma la negativa de libertad que también reafirmó la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) el pasado 16 de abril. Entre sus argumentos, la JEP señaló que se requiere un estudio juicioso del caso y deberá analizar, luego de las próximas audiencias, si los procesos que afronta en la justicia ordinaria son acumulables o no.

La Jurisdicción, sin embargo, anunció que asumiría la competencia en el caso de Mancuso al tratarse de crímenes de guerra y lesa humanidad, decisión que fue controvertida por los magistrados de Justicia y Paz. En todo caso, el tema está en manos de la Corte Constitucional, que deberá dirimir el conflicto de competencias en el caso del exjefe paramilitar.