Atención embarazadas: Nuevo requisito para acceder y mantener la Asignación por Embarazo

Esta medida se encuentra vigente desde su publicación en el Boletín Oficial y tiene como objetivo garantizar que todas las mujeres embarazadas reciban la asistencia necesaria para afrontar los gastos relacionados con el embarazo y el parto.

Además, ANSES estableció un plazo de 180 días para que las mujeres embarazadas que no estén registradas en el Programa Sumar puedan presentar las solicitudes de manera presencial. Después de este período, las solicitudes solo podrán ser presentadas en forma online.

¿Quiénes deben presentar los formularios?

Según la Resolución 1273/2024 firmada por el titular de ANSES, Mariano de los Heros, la medida alcanza a las siguientes personas:

Si bien el artículo 2° de la Resolución detalla que se tendrán por presentadas las solicitudes de aquellas personas gestantes que hayan acreditado el estado de embarazo mediante la inscripción en el Programa Sumar, ANSES dispuso que, en aquellos casos en que no cuente con la información correspondiente, las mujeres embarazadas deberán presentar, en forma presencial, las solicitudes mencionadas en el artículo 2° de la presente resolución.

Por último, ANSES también estableció que para solicitar la Asignación por Embarazo para Protección Social, la persona gestante, su cónyuge o conviviente deberá haber acreditado, ante esta Administración Nacional, el nacimiento, la defunción o interrupción del embarazo de la Asignación por Embarazo para Protección Social que hubiera sido solicitada con anterioridad.

Para más información, las mujeres embarazadas pueden comunicarse con ANSES al (54) 11 4556-9147/48 o al (54) 11 4449-3256 de lunes a viernes de 8 a 16 horas.