El Congreso busca frenar el manejo discrecional del presupuesto por parte de Milei

El presidente Javier Milei podrá asignar y reasignar partidas del Presupuesto en 2025 al margen del Congreso y a sola firma, por decreto, ya que no se aprobó la ley de leyes desde que asumió el poder en 2023. Este uso discrecional de los recursos públicos se extenderá por primera vez en la historia durante dos años consecutivos.

Un poder sin control

Esta acumulación de poder sin control legislativo ha generado preocupación en un sector de la oposición, que intentará subsanarlo el próximo año limitando por ley la facultad del Poder Ejecutivo Nacional de reasignar partidas por decreto. "La única forma de limitar estos excesos al margen de la ley es con otra ley que le impida a Milei resignar partidas presupuestarias por decreto. Hay que devolverle al Congreso sus facultades presupuestarias", explicó Germán Martínez, jefe del bloque de Unión por la Patria en la Cámara de Diputados.

Violación de la ley de administración financiera

El diputado nacional por Santa Fe advirtió que "el gobierno viola el espíritu del artículo 27 de la ley de administración financiera que habilita al Presidente a prorrogar y reasignar partidas para evitar una parálisis de la gestión. Pero en este caso es al revés, es Milei el que decide no tener Presupuesto y paraliza al Congreso".

Estrategia legislativa para evitar el manejo discrecional

Ante esta situación, el peronismo ha comenzado a diseñar una estrategia legislativa para evitar que Milei siga gobernando por decreto en 2025. Para ello, intentarán sumar voluntades con el objetivo de modificar la ley de administración financiera Nº 24.156 para evitar futuras prórrogas automáticas del Presupuesto.

De esta manera, obligarían al Ejecutivo a pasar por el Congreso para definir el esquema de ingresos y gastos del gobierno nacional, sin la facultad de definir ampliaciones por decreto.

Retroceso en la institucionalidad

Martínez agregó que "el Presidente viola el espíritu de la ley de administración financiera que se redactó con fines excepcionales para garantizar que el Ejecutivo no se quede sin Presupuesto. Pero lo que pasa es todo lo contrario, es Milei quien quiere que no haya Presupuesto".

La ausencia de una ley de Presupuesto constituye un retroceso en la institucionalidad del Sector Público Nacional y refleja la imposibilidad de alcanzar los acuerdos mínimos necesarios para contar con la norma más importante para la gestión anual de gobierno.

Este retroceso no solo es una cuestión de formas, sino que también tiene implicancias en diversos órdenes. El Presupuesto es la expresión financiera anual de las políticas públicas, incluye las autorizaciones máximas de gasto y el cálculo de los recursos para atenderlos, contempla los niveles prestacionales en términos físicos, define la meta de resultado financiero, autoriza la emisión de nueva deuda pública, incluye el plan de obras en infraestructura, dispone sobre la evolución de los salarios públicos y las jubilaciones y pensiones, incorpora definiciones de la política de empleo público y contempla aspectos funcionales del Estado Nacional, entre otras cuestiones.

Advertencia de la Asociación Argentina de Presupuesto y Administración Financiera (ASAP)

Directivos de la ASAP también advirtieron sobre esta situación: "Esta circunstancia constituye un retroceso en la institucionalidad del Sector Público Nacional y refleja la imposibilidad de alcanzar los acuerdos mínimos necesarios que permitan contar con la norma más importante para la gestión anual de gobierno."

"Sin embargo, este retroceso no se limita a una cuestión de formas, ya que también tiene implicancias en diversos órdenes, dado que el Presupuesto, aparte de ser la expresión financiera anual de las políticas públicas, y como tal incluye los autorizaciones máximas de gasto y el cálculo de los recursos para atenderlos, también contempla los niveles prestacionales en términos físicos, define la meta de resultado financiero, autoriza la emisión de nueva deuda pública, incluye el plan de obras en infraestructura, contempla disposiciones que afectan a distintos actores económicos del sector privado, establece los recursos financieros que recibirán las provincias, los municipios y las empresas públicas en concepto de transferencias, contiene pautas de evolución de los salarios públicos y de las jubilaciones y pensiones, incorpora definiciones de la política de empleo público y contempla aspectos funcionales del Estado Nacional, entre otras cuestiones".