El Tribunal Constitucional reduce las condenas en el caso de los ERE

El Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente los recursos de amparo presentados por el exconsejero de Presidencia de la Junta de Andalucía Gaspar Zarrías y el exdirector general de Presupuestos Antonio Vicente Lozano en el marco del caso de los ERE. La sentencia, conocida este miércoles, ordena a la Audiencia de Sevilla que dicte una nueva sentencia en la que se reduzca drásticamente la pena de nueve años de inhabilitación que impuso a Zarrías en 2019 y a Lozano en 2022.

Vulneración del principio de legalidad penal

El Constitucional considera que las condenas impuestas por la Audiencia de Sevilla y ratificadas por el Tribunal Supremo vulneraron el principio de legalidad penal de ambos ex altos cargos. El tribunal argumenta que no hubo delito de prevaricación en la aplicación de la ley de Presupuestos aprobada por el Parlamento de Andalucía, sino que pudo existir en algunas decisiones previas y muy puntuales sobre partidas de los ERE aprobadas sin cobertura legal.

Elaboración de proyectos de ley y control judicial

El Constitucional reitera que la elaboración de un proyecto de ley no puede ser constitutiva del delito de prevaricación, ya que no son resoluciones ni recaen en un asunto administrativo, sino que son actos dictados por el poder ejecutivo en el ejercicio de su función de gobierno. Los anteproyectos y proyectos de ley, al tratarse de meras propuestas que no tienen más alcance que ser objeto de deliberación en el Parlamento, no pueden ser sometidas a control judicial y, por tanto, no pueden tener trascendencia penal.

Modificaciones presupuestarias y prevaricación

El Constitucional considera que sí pudo haber prevaricación en una modificación presupuestaria realizada en 2004 sobre el programa 3.2 H, ya que los fines de este programa no eran la concesión de ayudas sociolaborales. Por ello, ordena a la Audiencia de Sevilla que dicte un nuevo fallo en el que rebaje sustancialmente la pena impuesta a Zarrías y Lozano.

Revisiones de las condenas en el caso de los ERE

Con estas dos sentencias, el Tribunal Constitucional ha resuelto ya los 12 recursos de amparo presentados por condenados en el caso de los ERE. En diez de ellos, ha dado la razón -total o parcialmente- a los recurrentes y ha ordenado la anulación o revisión a la baja de las condenas. Sólo dos de las peticiones de amparo han sido desestimadas.

Ruptura de la disciplina de voto

La resolución ha vuelto a mostrar la división del tribunal en este asunto. Las dos sentencias han salido adelante con siete votos a favor (los del sector progresista) y cuatro en contra (el bloque conservador). Los cuatro magistrados discrepantes -Enrique Arnaldo, Concepción Espejel, César Tolosa y Ricardo Enríquez- expondrán su posición en votos particulares.