El Constitucional tumba la condena por malversación a la exconsejera de Economía andaluza

Carmen Martínez Aguayo saldrá absuelta previsiblemente, en virtud del criterio del Tribunal Constitucional, que entiende que no se puede condenar por malversación a quien cumple estrictamente la ley. El tribunal ha admitido a trámite el recurso de amparo de la exconsejera y considera que se han vulnerado sus derechos fundamentales porque se ha lesionado su derecho a la presunción de inocencia y el principio de legalidad penal, por la incorrecta aplicación del delito de malversación.

La Audiencia de Sevilla y el Tribunal Supremo condenaron a Martínez Aguayo a seis años de cárcel por malversación por entender que, aunque no gestionó directamente los fondos, debió actuar para impedir el fraude de los ERE. La sentencia recurrida no le atribuyó una conducta que supusiera directamente la malversación, sino una supuesta pasividad ante la normativa que permitió que se usaran fondos públicos para fines ilícitos.

Vulneración de derechos fundamentales

La ponencia de sentencia del Constitucional señala que Martínez Aguayo sufrió una doble vulneración de sus derechos fundamentales: se lesionó su derecho a la presunción de inocencia y el principio de legalidad penal, por la incorrecta aplicación del delito de malversación.

El Constitucional sostiene que Martínez Aguayo se limitó a observar el cumplimiento de la legislación aprobada por el Parlamento andaluz. "Una ley", remarca la ponencia de sentencia, "no puede ser un vehículo jurídicamente eficaz para malversar y la ley de Presupuestos, y sus créditos, no pueden ser ilícitos".

La ponencia de sentencia censura las condenas fijadas por la Audiencia primero y el Supremo después porque se apoyan en un “juicio de ilegalidad” incorrecto. El motivo es que dicho juicio “desconoce” que las iniciativas legislativas contempladas en los anteproyectos y proyectos de leyes de presupuestos “carecen de cualquier eficacia jurídica ad extra mientras no sean aprobadas por el Parlamento”.

El Constitucional recuerda que una ley, “en tanto no sea declarada inconstitucional, ha de considerarse válida”.

Otros recursos

El Tribunal Constitucional también está votando otras cuatro ponencias de sentencia donde considera que se vulneraron los derechos de cuatro condenados por el fraude de los ERE: Miguel Ángel Serrano, Antonio Fernández García, Francisco Vallejo Serrano y Jesús María Rodríguez Román.

En todos estos casos se vulneró el principio de legalidad penal, al no encajar plenamente los hechos con la figura penal de la malversación por la que fueron condenados. Ello supondrá una rebaja sustancial de sus condenas, cuya fijación quedará en manos de la Audiencia de Sevilla.

Repercusiones de la sentencia

La sentencia del Tribunal Constitucional tendrá importantes repercusiones en el caso de los ERE. Podría suponer la absolución de la exconsejera de Economía andaluza Carmen Martínez Aguayo y una reducción de las condenas de otros cuatro condenados por el fraude.

La sentencia también sienta un precedente importante en la interpretación del delito de malversación. El Constitucional ha establecido que no se puede condenar por malversación a quien cumple estrictamente la ley.