El Gobierno oficializa el sector aerocomercial como "servicio esencial"

El Presidente de la Nación publicó el decreto que reglamenta los cambios en el Código Aeronáutico, en línea con lo adelantado por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger. Los gremios del sector advierten que continuarán con las medidas de fuerza.

Nueva reglamentación

La medida reglamenta lo dispuesto en el mega DNU 70/23 publicado en diciembre del año pasado, que habilita la inclusión del sector aerocomercial dentro de la calificación como "esencial" para garantizar una cobertura del servicio e impedir su paralización ante medidas de fuerza.

El decreto, firmado por el presidente Javier Milei, reglamenta el artículo 2° de la Ley Nº 17.285, que señala que "cumplida la obligación impuesta por el artículo 2º de la Ley Nº 14.786 y vencido el plazo de QUINCE (15) días previsto en el artículo 11 de la referida ley, la parte que se propusiere ejercer medidas de acción directa que involucren a la actividad aeronáutica civil aerocomercial debe preavisarlo a la otra parte y a la Autoridad de Aplicación en forma fehaciente y con al menos CINCO (5) días de anticipación a la fecha en que se realizará la medida".

Además, indica que "en un plazo de VEINTICUATRO (24) horas de notificada la comunicación referida en el artículo 2° del presente Anexo, las partes deberán ponerse de acuerdo sobre los servicios mínimos que se mantendrán durante el conflicto y las modalidades de su ejecución, señalando concreta y detalladamente la forma en que se ejecutarán las prestaciones, incluyendo la designación del personal involucrado".

Servicios mínimos

En caso de no llegar a un acuerdo o si los servicios mínimos informados resultan insuficientes, la determinación de las materias enumeradas precedentemente será efectivizada en el término de CUARENTA Y OCHO (48) horas por la Autoridad de Aplicación, que notificará e intimará a las partes a su cumplimiento.

Para la determinación de los servicios mínimos se tendrá en cuenta "un porcentaje que en ningún caso podrá resultar inferior al CINCUENTA POR CIENTO (50 %) respecto de la actividad o prestación normal y regular de los servicios", considerando "una escala gradual sobre la base de la duración y extensión acumulada del período de huelga y del conflicto colectivo de trabajo, garantizando la conectividad en las rutas que contaren con un solo servicio".

Respuesta de los gremios

Pese a la decisión del Gobierno, la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA) anticipó que irán "incrementando" las medidas contra Aerolíneas Argentinas, hasta tanto no se logre la recomposición salarial reclamada y se reincorpore a los pilotos despedidos.

Mediante un comunicado difundido por redes sociales, APLA señaló que "tras las sanciones y despidos de compañeros/as pilotos por llevar adelante medidas de acción gremial, es más importante que nunca, mantenernos unidos y solidarios".

Los pilotos agregan que "a fuerza de su lucha "está en la cohesión, defendiéndonos, apoyándonos mutuamente. Lo que cada uno tiene para aportar en este legítimo reclamo son sus propias acciones sindicales puestas al servicio de la defensa colectiva".