El Senado mexicano aprueba la prisión preventiva oficiosa para el delito de extorsión

La reforma al párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución, refiere también que el juez ordenará la prisión preventiva oficiosa para la ilegal introducción y desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicas y sustancias químicas esenciales, drogas sintéticas, fentanilo y derivados.

También aplicará la prisión preventiva oficiosa a quien cometa delitos de salud, contra el libre desarrollo de la personalidad, contrabando y cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales.

De la minuta la Cámara de Diputados excluyó los delitos de narcomenudeo y la defraudación fiscal.

Contexto

La prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar que permite al juez ordenar la detención de una persona antes de que sea juzgada, cuando existan elementos que hagan presumir que cometió un delito grave y que pueda sustraerse de la acción de la justicia.

En México, la prisión preventiva oficiosa ha sido criticada por organizaciones de derechos humanos, que argumentan que vulnera el principio de presunción de inocencia y que es utilizada de manera indiscriminada, afectando principalmente a personas pobres e indígenas.

Sin embargo, el gobierno mexicano argumenta que la prisión preventiva oficiosa es necesaria para combatir la delincuencia y garantizar la seguridad pública.

Implicaciones de la reforma

La reforma aprobada por el Senado amplía los delitos por los que se puede aplicar la prisión preventiva oficiosa, incluyendo el delito de extorsión.

Esta medida ha sido criticada por organizaciones de derechos humanos, que argumentan que aumentará el número de personas encarceladas sin sentencia y que afectará de manera desproporcionada a los grupos vulnerables.

Por su parte, el gobierno mexicano argumenta que la reforma es necesaria para combatir la extorsión, un delito que ha ido en aumento en los últimos años.