El Supremo ordena redactar una nueva sentencia sobre el caso Brugal de Alicante

El Tribunal Supremo ha ordenado a la Audiencia Provincial de Alicante que redacte una nueva sentencia sobre el caso Brugal, una trama de adjudicaciones irregulares del servicio de recogida de basuras de Orihuela (Alicante). En 2020, la Audiencia absolvió a todos los acusados, entre ellos el empresario Ángel Fenoll y dos exalcaldes del municipio, José Manuel Medina y Mónica Lorente, al considerar que las intervenciones telefónicas y los vídeos grabados por el propio Fenoll eran nulos y se habían obtenido de forma "subrepticia".

El Supremo considera válidas las pruebas

Sin embargo, el Supremo considera que estas pruebas son válidas y deben ser tenidas en cuenta para juzgar a los acusados. En su fallo, el alto tribunal señala que "los acusados ya han sido enjuiciados y desplegadas sus respectivas estrategias de defensa", por lo que no solicita un nuevo juicio ni la intervención de otro tribunal. En su lugar, ordena que los mismos magistrados que dictaron la sentencia absolutoria deliberen y redacten un nuevo dictamen, "esta vez analizando la totalidad de la prueba".

La trama Brugal: una red de corrupción

La trama Brugal es una red de corrupción que se destapó en 2006 a partir de la investigación policial sobre la adjudicación del servicio de recogida de basuras de Orihuela. El propio Fenoll entregó a la Fiscalía unas grabaciones que parecían demostrar el amaño continuado de la adjudicación, en la que estarían implicados Medina, Lorente y hasta 15 funcionarios públicos oriolanos. A partir de esta operación, se fueron desgranando otras irregularidades presuntamente cometidas por instituciones gobernadas por el Partido Popular (PP), como la adjudicación del plan zonal de la Vega Baja o el desarrollo del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Alicante.

El derecho a la tutela judicial efectiva

El Supremo subraya que el derecho de la acusación pública a la tutela judicial efectiva fue "vulnerado" al anular las escuchas telefónicas y los vídeos grabados por Fenoll, ya que estos elementos aportaban una "base probatoria incompleta" para el análisis de las cuestiones de fondo del caso. El alto tribunal considera que el sistema SITEL de interceptación legal de las telecomunicaciones, utilizado en estos casos y el único admitido, ofrece todas las garantías procesales, a pesar de que las defensas continuamente apelan a su fácil manipulación.

El Supremo admite el paso del tiempo

El Supremo admite que ha transcurrido mucho tiempo desde que se produjeron los hechos que se juzgan, lo que puede afectar a los efectos de inmediación. Sin embargo, considera que la constancia en soporte vídeo gráfico de las sesiones del juicio y el abundante soporte documental contribuirán decisivamente a paliar estos efectos.

Los acusados se enfrentan a cargos por delitos de prevaricación, fraude, cohecho, negociaciones prohibidas a funcionarios, tráfico de influencias, revelación de secretos y de información privilegiada, delito electoral, asociación ilícita, extorsión e intento de coacciones.