El Supremo rechaza el recurso de Codere y cierra el conflicto con la CNMV
El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casación presentado por los hermanos Martínez Sampedro, fundadores del grupo de juego Codere, contra una sentencia desfavorable de la Audiencia Nacional en un litigio contra la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que se ha prolongado durante los últimos cuatro años.
La decisión del Supremo pone fin al conflicto y valida las actuaciones del regulador, que rechazó obligar al fondo Silver Point, que en 2019 tenía el 23% de las acciones de Codere, a lanzar una Oferta Pública de Adquisición (OPA) sobre el 100% de la compañía.
Los argumentos de los Martínez Sampedro
Según los Martínez Sampedro, Silver Point ejercía el poder de facto de Codere a pesar de tener menos del 29% de las acciones gracias a un acuerdo supuestamente opaco con otros fondos accionistas, Abrams y Contrarian, que expulsaron a la familia fundadora del consejo.
La CNMV desestimó esta demanda en dos ocasiones tras investigar los hechos y la documentación aportada, incluyendo un informe presentado en los tribunales de Connecticut (EE. UU.), sede de Silver Point. El regulador no encontró "indicios de concertación ni de situaciones que generasen obligatoriedad de OPA".
Los Martínez Sampedro recurrieron el archivo, que fue confirmado en vía administrativa. En 2021, instaron nuevamente a la CNMV a incoar expediente para obligar a los fondos a formular una OPA forzosa a 9,58 euros por acción, valorando la empresa en 900 millones de euros, e incluirla en el orden del día de una junta de accionistas. El supervisor volvió a rechazar la petición.
El fallo de la Audiencia Nacional y del Supremo
El caso llegó a la Audiencia Nacional, que ratificó el criterio de la CNMV. Su Sala de lo Contencioso-Administrativo defendió la "incuestionable labor investigadora" de la CNMV antes de archivar el expediente.
Los Martínez Sampedro recurrieron en casación ante el Tribunal Supremo, que ha inadmitido el recurso y les ha condenado al pago de costas: 750 euros al Abogado del Estado y Codere, y 500 euros a Silver Point.
Según un auto de la Sala de lo Contencioso fechado el 23 de octubre, los argumentos de los Martínez Sampedro para recurrir "deben tildarse de manifiestamente carentes de interés casacional" porque se ciñen a aspectos casuísticos del litigio, sin interés para la formación de jurisprudencia.