La postura de la UIF
En un comunicado, la UIF ha expresado que la nueva "figura extralegal" creada por la SCJN "entorpece" el cumplimiento de los estándares internacionales en materia de prevención del lavado de dinero y financiamiento al terrorismo. La UIF sostiene que la "eliminación provisional" de las personas de la lista de bloqueados les permite operar con normalidad en el sistema financiero mexicano y transferir fondos a otras cuentas, tanto nacionales como extranjeras, sin que se haya acreditado la procedencia lícita del dinero.
La UIF también ha acusado a los ministros de la SCJN que votaron a favor de esta jurisprudencia de basarse en premisas erróneas que benefician a quienes manejan recursos de procedencia ilícita. La unidad ha afirmado que la supuesta "eliminación provisional" es totalmente ineficaz y que va en contra de la existencia y el funcionamiento de la lista de bloqueados, que es un instrumento mundial de prevención del lavado de dinero.
Antecedentes y contexto
La decisión de la SCJN se produce después de que anteriormente también aprobara limitar el bloqueo de personas en el sistema financiero y exigir que la UIF probara que una autoridad extranjera le había solicitado expresamente esta medida. Estas decisiones han sido un revés para las facultades de la UIF y van en contra de los tratados internacionales con los que México tiene obligaciones.
La UIF ha advertido que esta medida tendrá graves consecuencias en la lucha contra el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo, y ha hecho un llamado a la SCJN para que reconsidere su posición y se apegue a los estándares internacionales.