La Audiencia Provincial de Madrid dicta sentencia en el caso de las mascarillas
En un giro inesperado en el caso que ha mantenido en vilo a la opinión pública, la Audiencia Provincial de Madrid está absolviendo a Luis Medina, hijo del fallecido decimonoveno duque de Feria, de los cargos de estafa y falsedad documental. Por otro lado, Alberto Luceño está siendo condenado a tres años y ocho meses de prisión. El juicio se originó por la supuesta estafa al Ayuntamiento de Madrid en la compraventa de material sanitario durante los momentos más críticos de la pandemia de coronavirus, donde ambos comisionistas se embolsaron seis millones de euros en comisiones.
Según informa El País (Gálvez & Núñez, 2025), la decisión del tribunal está aliviando significativamente a Medina, mientras que representa un duro revés para Luceño. Ambos defendieron su inocencia a lo largo del proceso judicial.

Detalles de la sentencia
La resolución judicial, que aún puede ser recurrida, está eximiendo a Medina de los delitos de estafa y falsedad en documento mercantil, por los cuales la Fiscalía Anticorrupción solicitaba una pena de nueve años de cárcel. No obstante, Luceño está siendo condenado por dos delitos: falsedad de documento público y contra la Hacienda Pública. Inicialmente, el ministerio público pedía para este empresario una pena de 15 años de reclusión.
El tribunal está argumentando que no se ha demostrado que los acusados negaran en ningún momento de la negociación que cobrarían comisión, una práctica que, según la sentencia, no es legalmente obligatoria ni exigible en el tráfico mercantil (Gálvez & Núñez, 2025).

Las declaraciones de los implicados
Durante el juicio, tanto Luceño como Medina insistieron en que no engañaron al Ayuntamiento de Madrid, intentando justificar su actuación en medio del caos sanitario. Medina afirmó que, a pesar de haber ganado una considerable suma de dinero con el negocio, su intención era «ayudar» y que nadie de la administración local les preguntó si iban a obtener una parte de las ganancias. Luceño se excusó diciendo: «No voy contando lo que se gana y tampoco sabía lo que iba a ganar» (Gálvez & Núñez, 2025).
Sin embargo, Elena Collado, responsable de Compras del Consistorio durante la pandemia, contradijo sus declaraciones: «Me lo dijeron ambos, y en varias ocasiones […] Siempre entendí que [la oferta] era de forma desinteresada y altruista. De hecho, me intentaron convencer» (Gálvez & Núñez, 2025).
La versión del tribunal
A pesar del testimonio de Collado, los magistrados Ángela Acevedo, Jacobo Vigil y David Suárez, quienes también condenaron a Rodrigo Rato por el origen de su fortuna, están concluyendo que no se ha probado el engaño. Los jueces señalan que, aunque Collado manifestó a sus colaboradores su convicción de que no cobrarían comisión, no hay otros elementos o testigos que acrediten que los comisionistas se lo comunicaran a la responsable de Compras (Gálvez & Núñez, 2025).
La duda razonable
La Audiencia está añadiendo que no le corresponde analizar los motivos por los que Collado pudo llegar a la convicción de que los acusados no cobraban comisión. «Pudo tratarse de una interpretación de la testigo respecto al sentido de la ayuda que los acusados pensaban prestar o respecto del hecho de que no cobraban comisiones con cargo a la compradora. En todo caso, a la vista de las versiones contrapuestas de los acusados y de la testigo, [...] subsiste para la Sala una duda respecto de que efectivamente los acusados, o alguno de ellos, hubiera manifestado expresamente a Collado que no cobraban ninguna comisión. Debiendo resolverse la duda a favor de los acusados» (Gálvez & Núñez, 2025).
El delito fiscal de Luceño
A pesar de la absolución por el delito de estafa, el tribunal está considerando que Alberto Luceño tejió una trama societaria para evadir el pago de 1,3 millones de euros en impuestos por las operaciones de compraventa de material sanitario. Según la sentencia, creó la empresa Takamaka Invest S. L. para tributar a través del Impuesto de Sociedades (IS) en lugar del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Además, manipuló dos salvoconductos y un documento de identificación como agente del CNI (Gálvez & Núñez, 2025).
Por estos delitos, además de la pena de prisión, Luceño está siendo condenado al pago de una multa de 3,5 millones de euros y a indemnizar a la Agencia Tributaria con 1,3 millones de euros.
Reacciones a la sentencia
Tras conocerse la sentencia, el partido Más Madrid está explicando que decidirá si recurre el fallo tras estudiar a fondo sus fundamentos jurídicos. La abogada de la formación, Nuria Zapico, está lamentando la absolución por los principales delitos: «Cuando ejerces una acusación popular y piensas que, en justicia, unas personas deben ser condenadas por determinados delitos y finalmente son absueltas, pues lógicamente hay un poco de decepción». Zapico también está subrayando que, con esta sentencia, el Ayuntamiento no recibirá ninguna indemnización por el dinero que, según la formación, fue estafado a los ciudadanos de Madrid (Gálvez & Núñez, 2025).