El Gobierno nacional estableció un nuevo régimen de contrataciones en el sector público.
El gobierno de Javier Milei dispuso cambios en las contrataciones del sector público nacional, los cuales impactarán a todas las jurisdicciones y entidades. Entre las modificaciones más significativas, se destaca la prohibición de realizar designaciones y contrataciones de personal de cualquier naturaleza, incluyendo designaciones a término, contratos a plazo fijo, tiempo parcial, eventuales y para la prestación de servicios profesionales autónomos, entre otros.
Excepciones a las prohibiciones
Quedan exceptuadas de estas prohibiciones las designaciones y contrataciones en el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación; las Universidades; el Servicio Exterior de la Nación; el Cuerpo de Guardaparques Nacionales; el Sistema de Manejo del Fuego; el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del Ministerio de Salud; las unidades organizativas incorporadas al Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP); las prórrogas de designaciones transitorias y de contratos; las designaciones de Personal de Gabinete; las contrataciones del Programa de Movilidad y Búsquedas Internas (MoBI); la cobertura de cargos o contrataciones que hagan al cumplimiento del Cupo de Discapacidad; y las designaciones y contrataciones que se efectúen como consecuencia de cambios del régimen de prestación de servicios.
Cupo de altas y bajas
Además, se establece que las entidades del sector público nacional podrán disponer de una (1) alta en el supuesto de que informen tres (3) bajas de personal, cualquiera fuera la causal, producidas a partir de una renuncia, jubilación, desvinculación, cancelación de las designaciones transitorias en cargos simples de Planta Permanente y en las Plantas Transitorias, conclusión o rescisión del contrato que se hubiesen producido durante el año 2025.
Evaluación General de Conocimientos y Competencias
Otro aspecto relevante del nuevo régimen es la obligatoriedad de que los candidatos a ocupar cargos en el sector público aprueben la Evaluación General de Conocimientos y Competencias, la cual se llevará a cabo durante el mes de diciembre de 2024. Quienes reprueben esta evaluación no podrán ser contratados durante el Ejercicio 2025, por períodos que excedan el 31 de marzo de 2025.
Vigencia de los contratos
Por último, se dispone que las contrataciones del sector público nacional con fecha de inicio 1° de enero de 2025 o posterior, no podrán extenderse más allá del 30 de junio de 2025.
"Estas medidas buscan mejorar la eficiencia y la transparencia en la gestión del empleo público, así como reducir el gasto público", afirmaron desde el Gobierno.
Los cambios entrarán en vigencia a partir del 1° de enero de 2025.