Las pensiones mínimas subirán un 6% en 2025, las no contributivas un 9% y el Ingreso Mínimo Vital
El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto-ley que formaliza la aprobación de la revalorización de más de 12 millones pensiones del sistema de la Seguridad Social, del régimen de Clases Pasivas del Estado y de otras prestaciones públicas para 2025. La subida, que será efectiva desde el próximo 1 de enero, supondrá un incremento del 2,8% de las pensiones del sistema de Seguridad Social y de Clases Pasivas del Estado.
Además, los beneficiarios de pensiones mínimas contributivas, las verán incrementadas “alrededor” de un 6% y aquellos que reciben pensiones no contributivas (también denominadas asistenciales) y el Ingreso Mínimo Vital experimentarán una subida del 9% en la cuantía de sus prestaciones, según ha avanzado este lunes el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Detalles de la revalorización
De esta forma, la pensión mínima de jubilación para los hogares unipersonales se fija en 12.241,6 euros anuales (frente a los 11.552,8 euros de 2024), o lo que es lo mismo, 874,4 euros al mes en 14 pagas; y de 15.786,4 euros en los casos con cónyuge a cargo (en 2024 ha sido de 14.466,2 euros), lo que equivale a 1.127,6 euros mensuales en 14 pagas para 2025.
El complemento para la reducción de la brecha de género también subirá más que la media de las pensiones, ya que se revalorizará un 8,1% sobre la cuantía reconocida en 2024 y alcanza el importe de 35,9 euros al mes por hijo.
En este real decreto ley se incluyen también otros cambios en las cotizaciones a la Seguridad Social de los trabajadores aprobados en las reformas de pensiones llevadas acabo desde la anterior legislatura. En concreto, a partir de enero de 2025 se empezará a cobrar la denominada cuota de solidaridad, para ampliar las bases máximas de cotización. Así, dicha cuota será un tipo de cotización que se aplique a la parte de salario que exceda de la base máxima (el 0,92% para los salarios más cercanos a la base máxima pero que la superen; el 1% para el tramo intermedio, y el 1,17% para los sueldos mayores).
Asimismo, la norma publica el aumento del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que supondrá un aumento de las cotizaciones de empresas y trabajadores del 0,8% (el 0,67% correrá a cargo del empresario y del 0,13% restante se detraerá de la nómina del empleado) a partir de enero próximo. Con todo, la base máxima de cotización de 2025 subirá previsiblemente un 4% en 2025, hasta rozar los 5.000 euros mensuales (casi 60.000 euros al año). En 2024 esta base máxima ha sido de 4.720,5 (56.646 anuales). Mientras que, por su parte, la pensión máxima contributiva queda fijada para el próximo año en 3.267,60 euros al mes, en 14 pagas.
El aumento del 2,8% de las pensiones contributivas que reciben unos 11 millones de pensionistas, incluyendo los funcionarios de clases pasivas, ya se conocía puesto que dicha revalorización se determina, según recoge la ley, según la evolución del IPC de los doce meses comprendidos, en este caso, entre noviembre de 2024 y diciembre de 2023 (ambos incluidos). Esto es así para garantizar que los pensionistas no pierdan poder de compra. En el caso de las no contributivas y los perceptores del Ingreso Mínimo Vital, las revalorizaciones acordadas por el Gobierno sí supondrá que ganaran capacidad adquisitiva.
El mayor incremento de las pensiones más bajas ya se produjo el pasado año, cuando la mayoría de las pensiones se revalorizaron un 3,8%, según el IPC, mientras que las mínimas y no contributivas subieron un 6,9%. Esto se produce para dar cumplimiento de los cambios operados en el sistema de pensiones desde 2021.
Cambios en el sistema de pensiones
Además de la revalorización de las pensiones, el Gobierno también ha aprobado un real decreto-ley que recoge todos los cambios del sistema de pensiones que pactaron el Gobierno y los interlocutores sociales en septiembre pasado. Lo contenido en este acuerdo, que aún debe aprobarse en sede parlamentaria pero entraría inmediatamente en vigor hasta que se produzca su convalidación en el Congreso, supone la mejora en el acceso a la jubilación activa y a la demorada, así como la compatibilidad de ambas modalidades de retiro, entre otras medidas.
En concreto, cambian las condiciones de la jubilación activa que permite compatibilizar trabajo y pensión a partir de que se cumple la edad de jubilación, eliminando la exigencia de contar con una carrera completa de cotización para acceder a esta modalidad de retiro. Esto beneficia especialmente a las mujeres, según ha destacado este viernes el responsable de pensiones y protección social de CC OO, Carlos Bravo.
Asimismo, el acuerdo que se traslada a la ley con este real decreto mejora el incentivo que reciben los pensionistas que deciden seguir trabajando más allá de la edad de jubilación (jubilación demorada). Pero, sobre todo, la principal novedad, radica en que se hacen compatibles estás dos jubilaciones: la mejora de la pensión del retiro activo con el cobro del premio de la jubilación demorada.
Bravo también ha recordado que esta norma recoge igualmente, el acuerdo alcanzado esta misma semana entre el Gobierno y los sindicatos de la función pública, para recuperar la posibilidad de que todos los funcionarios y personal estatutario puedan jubilarse de manera parcial, algo que se prohibió con los recortes del Ejecutivo del PP en 2013. Igualmente se recupera el coeficiente multiplicador del 1,5 para mejorar las pensiones de los trabajadores fijos discontinuos.
Este real decreto ley también recoge cambios en la jubilación parcial. Se amplía de dos a tres años la posibilidad de anticipo de acceso a este tipo de retiro; si bien esto lleva aparejadas adaptaciones en la reducción de la jornada. Además, se mejoran las condiciones del trabajador relevista: su contratación tendrá que ser indefinida y a tiempo completo. Estas modificaciones de la jubilación parcial entran en vigor el 1 de abril de 2025. Finalmente, se prorrogan las condiciones más favorables de los contratos de relevo de la jubilación parcial en la industria hasta 2029 incluido.