La Suprema Corte determina que los trabajadores del IMSS no pueden recibir doble pensión
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha determinado que los trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que también están jubilados por el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social (SNTSS) no tienen derecho a recibir un pago doble.
Argumentos de la SCJN
La SCJN argumenta que el Régimen de Jubilaciones y Pensiones establecido en el contrato colectivo de trabajo del IMSS garantiza medios de subsistencia económica para la satisfacción de las necesidades de los trabajadores. Por lo tanto, el IMSS solo debe pagar la diferencia entre la pensión del IMSS y la del SNTSS.
El Régimen de Jubilaciones y Pensiones del IMSS tiene un carácter extralegal y prevé una protección más amplia para los trabajadores del Instituto. Este régimen complementa los beneficios previstos en la Ley del Seguro Social, respecto de los seguros de invalidez, vejez, edad avanzada, muerte y de riesgos de trabajo.
Conforme a este régimen, la jubilación por años de servicios se integra con la pensión de vejez, más las ayudas asistenciales o asignaciones familiares. Esto otorga un beneficio superior, mejores derechos y prerrogativas a los instituidos para los trabajadores en general.
Trabajadores del IMSS reciben beneficios adicionales
Los trabajadores del IMSS reciben beneficios adicionales al pensionarse, debido a que tienen un contrato colectivo de trabajo acordado entre sindicatos y el Instituto.
Sentencia de la SCJN
El pasado 2 de octubre, la segunda sala de la SCJN determinó por unanimidad que los trabajadores del IMSS que también están jubilados por el SNTSS no tienen derecho a recibir una pensión doble.
Conclusión
La determinación de la SCJN pone fin a la controversia sobre el pago doble de pensiones a los trabajadores del IMSS. Esta decisión garantiza la sostenibilidad del sistema de pensiones del Instituto y protege los derechos de los trabajadores.