René Gavira, exapoderado de Diconsa, vinculado a proceso por lavado de dinero

Un juez de control vinculó a proceso a René Gavira Segreste, exapoderado legal de Diconsa, acusado de autorizar la suficiencia presupuestal para celebrar un convenio fraudulento que dejó pérdidas al erario federal por 142.4 millones de pesos.

Obligación de vigilar operaciones

La Fiscalía General de la República (FGR) imputó a Gavira Segreste por su presunta responsabilidad en los delitos de delincuencia organizada con la finalidad de cometer lavado de dinero. Según la FGR, el imputado autorizó los recursos para celebrar un convenio con la entidad mercantil Servicios Integrales Carregin, SA de CV, para la compra de 3 mil 110 toneladas de azúcar, de la que no existe constancia de que existiera.

Con los recursos que recibió, la empresa Carregin hizo transferencias a personas autorizadas en sus cuentas y otras que no tienen relación alguna con la empresa, con lo que se advierte actividades ilícitas.

La FGR señaló que Gavira Segreste tenía la obligación de vigilar las operaciones y movimientos efectuados por la Gerencia de Tesorería; y su actuar permitió la distracción de recursos pertenecientes al Estado Mexicano.

Red de socios comerciales

La acusación sostiene que Gavira Segreste conformó una red de socios comerciales con el fin de otorgarles contratos ilícitos de Liconsa, Diconsa y Segalmex, a través de los cuales obtuvieron cientos de millones de pesos.

Su posición le permitía controlar aspectos financieros y administrativos que incluían cuentas públicas y la autorización presupuestal para la celebración de contratos para la adquisición de bienes y servicios en las paraestatales ya señaladas y el organismo descentralizado.

Así, autorizó la suficiencia presupuestal para que se llevara a cabo la celebración de convenios fraudulentos por adjudicación directa.

Medidas cautelares

El Ministerio Público aportó los datos de prueba para que el Juez lo vinculara a proceso, estableciera como medida cautelar prisión preventiva y seis meses como plazo de investigación complementaria.