La Audiencia archiva la causa por el gag satírico en TV3 sobre la Virgen del Rocío
La Audiencia de Barcelona ha archivado la causa contra los responsables del programa de humor de TV3 "Està passant" por un gag satírico con la imagen de la Virgen del Rocío, al concluir que, pese a que podría resultar de "mal gusto" para algunas personas, se enmarca en la libertad de expresión y no pretendía ofender.
Contexto del gag
La denuncia se dirigía contra el director y presentador del programa de TV3 "Està passant", Toni Soler, el copresentador, Jair Domínguez, y la actriz Judit Martín, por un gag que emitieron el 4 de abril de 2023, en Semana Santa, en una parodia en forma de "entrevista" a la actriz, ataviada como la Virgen del Rocío, con un muñeco en sus manos que simulaba ser el niño Jesús. Durante la parodia, la actriz se quejaba, con marcado acento andaluz, de la aparatosidad del traje: "¡Llevo 200 años sin poder echar un polvo como Dios manda!", dijo, antes de intentar flirtear con uno de los presentadores del programa, Jair Domínguez, mientras Soler reconocía que no sabía "qué decir para no cagarla" con ese tema: "Estamos en un campo de minas".
Fundamentos del archivo
La Audiencia de Barcelona ha estimado que el gag satírico se enmarca en la libertad de expresión y no pretendía ofender los sentimientos religiosos. El tribunal ha destacado que el programa "Està passant" se caracteriza "por su tratamiento paródico y satírico de la actualidad política, cultural, deportiva y social" y que el gag en cuestión no iba acompañado de una "inequívoca voluntad de ofender".
Además, la Audiencia ha subrayado que la sátira "ha sido en no pocas ocasiones un recurso artístico para hacer crítica social, mostrando la oposición del creador a determinados modelos" y que "esta sátira se ha dirigido en especial a las distintas manifestaciones del poder y la religión".
Criterio de la defensa y la Fiscalía
El archivo de la causa ha estado en consonancia con el criterio de la defensa y de la Fiscalía, que consideraron que el carpetazo acordado por el instructor era ajustado a derecho porque la conducta de los denunciados está amparada por la libertad de expresión y no tenían intención de ofender los sentimientos religiosos.
Desestimación del recurso
La Audiencia de Barcelona ha desestimado el recurso interpuesto por los denunciantes, la Fundación Española de Abogados Cristianos, y ha confirmado el archivo de la causa que decretó en septiembre de 2023 el juzgado de instrucción número 5 de Sant Feliu de Llobregat (Barcelona).
En su resolución, la Audiencia rechaza asimismo imponer las costas el proceso a la asociación Abogados Cristianos, al estimar que no ha actuado con "temeridad ni mala fe procesal" al interponer el recurso contra el archivo de la causa.