El Gobierno modifica la ley de rectificación para ampliarla a usuarios relevantes de redes sociales
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la modificación de la ley del derecho de rectificación, de modo que obligue no sólo a los medios de comunicación sino también a usuarios “de especial relevancia” en redes sociales, es decir, los que tengan más de 100.000 seguidores en una plataforma o más de 200.000 en el conjunto de todas ellas.
La modificación de esta ley era una de las promesas incluidas en el plan de regeneración democrática que el Gobierno anunció después de que el presidente, Pedro Sánchez, amagara con su dimisión a finales del pasado abril alegando una supuesta estrategia de “acoso y derribo” lanzada contra él por distintos medios.
¿A quién afecta la nueva ley?
Los titulares de esas cuentas de Twitter, Facebook, Instagram, Telegram u otras deberán, por tanto, respetar el derecho a rectificación de quien resulte directamente afectado por la publicación en redes de noticias falsas, según el proyecto al que ha tenido acceso EL PAÍS.
Algunos de estos usuarios “de especial relevancia”, tal como los define la ley, tienen una clara influencia política y en algunos casos, como el de Alvise Pérez, han decidido dar el salto y presentarse a las elecciones. Pérez logró 800.000 votos en las elecciones europeas gracias entre otras cosas a la difusión de sus mensajes en un canal de Telegram.
El contexto europeo
El debate sobre la difusión de bulos o informaciones tóxicas en las redes y plataformas está presente en toda Europa. El Tribunal Constitucional de Rumania ha anulado recientemente la primera vuelta de las presidenciales tras revelarse una campaña de “ataques híbridos rusos”. Esa primera vuelta la ganó el ultranacionalista prorruso Calin Georgescu.
La ley de rectificación de 1984
La ley del derecho de rectificación data de 1984 y hasta ahora sólo debían someterse a ella los medios de comunicación. El Gobierno argumenta que ha quedado obsoleta y por eso la actualiza: argumenta que desde 1984 la realidad ha cambiado mucho y la información se distribuye sobre todo en soporte digital, de forma que el debate público se produce en buena parte ahí.
Por eso, según la exposición de motivos de la nueva norma, el derecho a la rectificación se amplía ahora a los “usuarios de especial relevancia” de plataformas y redes sociales.
¿Qué deben hacer las plataformas?
Las plataformas de internet deberán contar “con un mecanismo fácilmente visible y accesible, que permita al solicitante, sea o no usuario de la plataforma en cuestión, contar con una herramienta que le asegure la remisión directa e inmediata de la rectificación, así como la constancia de la recepción y el seguimiento del proceso”. Esta obligación se establece, asimismo, para los medios digitales.
¿Cómo se puede solicitar la rectificación?
La idea es que la rectificación se pueda solicitar de manera muy sencilla. En lo que se refiere a medios, ya no será obligatorio dirigirse al director, porque en los nuevos no siempre es fácil identificarlo, explica la exposición de motivos.
¿Qué se puede rectificar?
Además, se modifica el propio derecho de rectificación, que hasta ahora sólo incluía que se pudieran detallar los hechos, para extender la posibilidad de expresar opiniones en casos específicos. El nuevo artículo 3 señala: “La rectificación deberá limitarse a los hechos de la información que se desea rectificar, sin incorporar opiniones o valoraciones del aludido, salvo que resulten imprescindibles para entender el contexto y no se puedan escindir de los hechos. Su extensión no excederá sustancialmente de la de la información a rectificar, salvo que sea absolutamente necesario”.