La cuota extraordinaria y las normas para el uso de parqueaderos en propiedad horizontal

En una reunión ordinaria de copropietarios, se aprobó una cuota extraordinaria para financiar siete proyectos, entre los que se incluye la dotación del gimnasio. Sin embargo, algunos residentes se oponen a este gasto, argumentando que beneficia a una minoría y que no es una necesidad apremiante.

Requisitos para aprobar una cuota extraordinaria

Según la abogada Nora Pabón Gómez, si la asamblea decide aprobar una cuota extraordinaria con una destinación específica, solo se requiere un quórum decisorio de la mitad más uno de los coeficientes representados en la reunión. No obstante, para determinar si se requería un quórum decisorio calificado del 70% de los coeficientes de copropiedad, se debe analizar cada innovación u obra frente a los casos enunciados en el artículo 46 de la Ley 675, especialmente los numerales uno y dos.

En este caso, la mayoría de las obras son necesarias y exigidas por norma, como las de acceso para personas con limitaciones físicas, el cumplimiento de normas de seguridad y la instalación de iluminación de emergencia. La dotación del gimnasio también se relaciona con la salud y el bienestar de los residentes.

Uso de los parqueaderos comunes

El uso de los bienes comunes corresponde a los propietarios, arrendatarios y demás residentes de las unidades privadas. El manual de convivencia o el reglamento de propiedad horizontal puede regular su uso específico.

En cuanto al arrendamiento de parqueaderos a terceros ajenos a la copropiedad, si el parqueadero es privado, no se puede prohibir al propietario arrendarlo, salvo que el reglamento de propiedad horizontal lo advierta. Sin embargo, la administración puede exigir la autorización del propietario y el usuario autorizado debe cumplir con el reglamento y el manual de convivencia.

Conclusiones

La asamblea de copropietarios tiene la facultad de decidir sobre la aprobación de cuotas extraordinarias y el uso de los bienes comunes, siempre que se cumplan los requisitos legales y reglamentarios. Es importante que los residentes participen activamente en las decisiones y se informen sobre sus derechos y obligaciones dentro de la propiedad horizontal.

Es importante tener en cuenta que las innovaciones u obras que se financien con la cuota extraordinaria deben cumplir con las normas legales y reglamentarias, y que su aprobación debe ajustarse a los procedimientos establecidos en la Ley 675 y el reglamento de propiedad horizontal.