Declaraciones investigadas
Las afirmaciones denunciadas ante el Supremo las pronunció Montero a las 17.30 del 12 de marzo, cuando la investigación de la Fiscalía a González Amador copaba ya las portadas de todos los medios: “Yo diría, en primer lugar, que evidentemente requiere que la presidenta de la Comunidad de Madrid dé explicaciones y actúe con absoluta transparencia respecto a si, efectivamente, como se ha publicado en medios de comunicación, está viviendo en un piso que se pagó con fraude a la Hacienda pública y que se pagó con las comisiones respecto a las mascarillas en la peor situación de pandemia que tuvo este país…”, dijo Montero.
Según las dos asociaciones querellantes, esas declaraciones implicaban que la ministra accedió sin autorización y se apoderó de datos personales y reservados referidos a la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid que se encontraban en ficheros o registros públicos; que utilizó esos datos públicamente con fines políticos y con conocimiento de su origen ilícito; y que el acceso a los datos personales se produjo “prevaliéndose” de su cargo de ministra de Hacienda.
El tribunal desestima las acusaciones
El tribunal niega que haya datos de los que deducir eso y, por tanto, inadmite las querellas. El Supremo, recuerda que, cuando la ministra hizo esas afirmaciones, como ya advirtió la Fiscalía cuando se pronunció en contra de admitir las querellas, la noticia sobre el presunto fraude fiscal de González Amador había saltado a los medios de comunicación. Y las palabras de la ministra no contenían ningún dato que no se hubiera publicado ya.
Para el alto tribunal, “todo ello pone de manifiesto que, cuando la querellada efectuó las manifestaciones a que se refieren las querellas, la denuncia de Fiscalía y su contenido, entre el que figuraba el informe de la Agencia Tributaria, ya habían trascendido a terceros y se habían hecho públicos, por lo que ningún dato o información pudo revelar que debieran permanecer secretos. No puede, por tanto, estimarse cometido el delito de descubrimiento y revelación de secretos previsto en el artículo 197 del Código Penal”.
Violación de secretos tampoco fue cometida
“Tampoco aparece, del propio contenido de sus manifestaciones, que las declaraciones realizadas se refirieran a datos o informaciones de los que tuviere conocimiento por razón de su cargo. Ningún dato personal y reservado reveló del Sr. González Amador. Se limitó a dar su opinión sobre lo que, a su juicio, debería hacer la presidenta de la Comunidad de Madrid ante las noticias difundidas en relación a su pareja. Por ello ningún indicio se aprecia tampoco de que la Sra. Montero haya podido cometer un delito de violación de secretos previsto en el art. 417 CP (Código Penal)”, concluye el tribunal.
Trama política
La pareja de Ayuso también ha actuado judicialmente contra Montero por estas declaraciones, pero, en su caso, ha anunciado la presentación de una demanda por supuesta intromisión ilegítima al derecho al honor y a la intimidad, un asunto que no tendría que estudiar la Sala Penal del Supremo, sino la civil. El empresario le reclama 40.000 euros y el reconocimiento público en rueda de prensa de que incurrió en esa intromisión.
El auto del Supremo tumba un nuevo bulo difundido por algunos dirigentes del PP y publicado por algunas webs, que acusaron a Montero de revelar información confidencial de González Amador. Según esta tesis, la vicepresidenta segunda “adelantó” datos de la investigación de la Agencia Tributaria conseguidos supuestamente, gracias a su cargo de ministra de Hacienda. El portavoz del PP en el Congreso, Miguel Tellado, fue uno de los que dio rienda a esta teoría, con afirmaciones públicas y publicando en su cuenta de Twitter un mensaje en el que acusaba a Montero de “revelar datos confidenciales de un particular”. “Pretende tapar el caso de corrupción en el que están inmersos su partido y su Gobierno. Están muy nerviosos y cada día lo demuestran más, pero nada justifica tanta bajeza. Es repugnante”, aseguró Tellado.
Información relevante
- El Tribunal Supremo ha rechazado las querellas contra la ministra Montero por revelar datos personales de la pareja de Ayuso.
- El tribunal considera que la ministra no reveló ningún dato personal y reservado, y que las afirmaciones que hizo ya habían sido publicadas en los medios.
- La pareja de Ayuso ha anunciado que presentará una demanda por intromisión ilegítima al derecho al honor y a la intimidad.
- El auto del Supremo tumba un bulo difundido por el PP que acusaba a Montero de revelar información confidencial.