El TEPJF da luz verde a la elección de jueces

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que la elección de jueces no puede ser suspendida por amparos o suspensiones otorgadas por jueces federales, ya que la Constitución establece que no son procedentes en materia electoral. Esta decisión garantiza la continuidad del proceso organizado por el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Senado para integrar el Poder Judicial.

El pleno de la sala superior del TEPJF determinó, por tres votos a favor y dos en contra, que las suspensiones de los juzgados de amparo carecen de validez en materia electoral. El tribunal argumentó que su facultad como máxima autoridad en materia electoral le permite resolver cuestiones relacionadas con procesos comiciales, incluyendo la elección judicial derivada de la reforma constitucional.

Los magistrados Felipe Fuentes Barrera, Mónica Soto y Felipe de la Mata respaldaron la resolución, mientras que Janine Otálora y Reyes Rodríguez se opusieron. Otálora consideró que únicamente la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene competencia para determinar la validez de los amparos. Por su parte, Rodríguez señaló que anticiparse al fallo de la Corte podría generar incertidumbre jurídica.

El proyecto del magistrado Fuentes Barrera reafirma que los juzgadores de amparo no pueden intervenir en la organización de procesos electorales, ya que esto excede sus competencias. Desde el 23 de septiembre, cuando el INE declaró el inicio del proceso electoral judicial, más de 500 solicitudes de amparo han intentado frenar los preparativos. Sin embargo, el TEPJF sostuvo que estos esfuerzos son inválidos en este contexto.

La magistrada presidenta del TEPJF defendió la decisión como un ejercicio legítimo de las facultades del tribunal, argumentando que cualquier proceso electoral relacionado con reformas constitucionales también recae bajo su jurisdicción.

El TEPJF aprobó finalmente un proyecto para reactivar la elección judicial, bajo el argumento de que ninguna autoridad puede interrumpir este mandato constitucional. Según el magistrado Felipe de la Mata, cualquier acción que intente suspender el proceso electoral judicial es improcedente, ya que las etapas del proceso están estrechamente relacionadas y su interrupción frustraría sus objetivos.

La magistrada Mónica Soto reforzó esta postura, señalando que la reforma constitucional que dio pie a este proceso ya es vigente y debe ser cumplida.