Toni Comín pierde su escaño en el Parlamento Europeo por no acatar la Constitución
La Junta Electoral Central (JEC) ha dejado vacante este lunes el escaño del candidato a eurodiputado y cabeza de lista de Junts, Toni Comín, por no acudir a la reunión fijada en el Congreso de acatamiento, por jura o promesa en diferentes variantes, de la Constitución española.
Comín sigue huido de la justicia española y este mismo lunes la Sala Penal del Tribunal Supremo ha decidido que mantiene vigente su orden de detención, como la del expresidente catalán Carles Puigdemont, al no considerar amnistiable el delito de malversación de caudales públicos en la causa del procés.
La eurodiputada de ERC, Diana Riba, ha cuestionado esta decisión y ha aludido a la normativa europea para invalidar esta exigencia, pero la JEC se ha reafirmado en su posición.
Un total de 58 eurodiputados españoles han jurado o prometido la Constitución
Un total de 58 de los 61 nuevos eurodiputados españoles han jurado o prometido la Constitución en la reunión ante la Junta Electoral Central que se ha celebrado este lunes en el Congreso.
Las otras dos ausencias además de la de Comín —las de Alicia Homs, sustituta en el PSOE de la vicepresidenta Teresa Ribera, que renunció a recoger el acta, y Sandra Gómez, también socialista— han sido justificadas por razones personales.
Algunos eurodiputados han querido precisar que acataban la Constitución "por imperativo legal"
La mayoría de los europarlamentarios han optado por usar las fórmulas clásicas para asumir el escaño, y han jurado o prometido acatar la Constitución, pero algunos, como la eurodiputada del PNV, Ohiane Agirregoitia (Coalición por una Europa Solidaria), Pernando Barrera, de EH Bildu y exmiembro de ETA (Ahora Repúblicas), y Ana Miranda, del BNG (Ahora Repúblicas) han querido precisar que lo hacían “por imperativo legal”.
Los tres europarlamentarios de Sumar han añadido la coletilla de que lo hacían “por la justicia social y los derechos humanos”.
La JEC mantiene su criterio pese a la sentencia Junqueras
El presidente de la JEC, Segundo Menéndez, ha escuchado el argumento de la representante de ERC, que ya se esgrimió hace cinco años también en el caso del propio Comín, de Carles Puigdemont o de Oriol Junqueras, pero ha reafirmado que según el artículo 224 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral (LOREG) y diferentes sentencias del Tribunal Supremo español sigue siendo obligatorio formular ese paso.
La LOREG estipula que se “declararán vacantes los escaños correspondientes a los diputados del Parlamento Europeo que no hubieran acatado la Constitución y suspendidas todas las prerrogativas que les pudieran corresponder por razón de su cargo, todo ello hasta que se produzca dicho acatamiento”.
La eurodiputada de ERC ha rebatido esa posición y ha recordado que esta disputa ya se elevó al Tribunal de la Unión Europea en diciembre de 2019 que más tarde emitió la que se conoce como la sentencia Junqueras, en la que se “establece que la condición de miembro del Parlamento Europeo se vincula a la proclamación oficial de los resultados de las elecciones al Parlamento Europeo, y no a la posibilidad, o no, de realizar el acatamiento, por lo que los Diputados electos deben gozar de toda prerrogativa vinculada a su condición”.
Diana Riba ha anunciado que recurriría esa decisión ante la propia JEC, pero ese órgano ya se ha pronunciado en diferentes ocasiones sobre esta polémica y su presidente ha remachado que, pese a esa sentencia europea, en España sigue vigente el criterio y las sentencias al respecto del Supremo sobre que las credenciales solo se expedirán “una vez que el candidato electo ha prestado juramento o promesa de acatamiento a la Constitución” tras ser llamados, como ocurrió este lunes en la sala Constitucional del Congreso, uno a uno por el orden de proclamación.
El TC rechaza un recurso de Clara Ponsatí y deniega el amparo pedido por Junqueras
El Tribunal Constitucional español ha rechazado este mes de abril un recurso presentado por la exconsellera Clara Pontsatí por una decisión similar. En marzo, el mismo TC dictó una sentencia en la que denegó el recurso de amparo pedido por Junqueras contra la exigencia de presentarse ante la JEC para ser eurodiputado.