Los fiscales del procés desafían al fiscal general sobre la amnistía

Los fiscales del procés han formalizado este miércoles su desafío al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, en la aplicación de la amnistía. Los fiscales han entregado un informe en el que reafirman su postura de no aplicar la medida de gracia a los encausados por malversación y advierten de que, si reciben la orden contraria, exigirán la convocatoria de una Junta de Fiscales de Sala.

"No nos lo vamos a aceptar"

“Si considera que debe aplicarse en todo caso la ley, prescindiendo del análisis del hecho concreto y de los argumentos jurídicos expuestos en los informes que se adjuntan, deberá ordenarlo por escrito de manera motivada y fundada, y a continuación proceder conforme a lo dispuesto en el artículo 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal -convocando la audiencia preceptiva de la Junta de Fiscales de Sala- ya que estimamos que su aplicación en lo que concierne al delito de malversación de fondos públicos es improcedente y contraria a las leyes por no ajustarse a los criterios más elementales de lógica jurídica y de legalidad penal exigibles en la interpretación y aplicación de la norma”, sostienen Fidel Cadena, Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal y Jaime Moreno, los cuatro fiscales que participaron en el juicio del Tribunal Supremo en 2019.

El escrito, de nueve páginas, responde a la petición que les formuló este martes García Ortiz tras recibir las providencias del alto tribunal que daban cinco días de plazo a la Fiscalía para que informara sobre si hay que aplicar la amnistía a los cuatro exconsejeros de la Generalitat, entre ellos Oriol Junqueras, que siguen teniendo pendiente una pena de inhabilitación por malversación, y a los cuatro procesados huidos de la justicia española, incluido Carles Puigdemont.

Guerra abierta en la Fiscalía

El fiscal general reunió horas después a los fiscales del procés para tratar de coordinar la actuación ante el Supremo, pero el encuentro evidenció la guerra abierta en el Ministerio Público en torno a la aplicación de la ley de amnistía. García Ortiz les pidió un informe que responda a la petición formulada por los jueces, pero los fiscales insistieron en el documento que le enviaron la semana pasada, en el que además de sostener que la amnistía no era aplicable al delito de malversación que se atribuye a los líderes del procés, incluyeron una crítica rotunda a la ley con argumentos más políticos que jurídicos.

García Ortiz, según fuentes conocedoras de la reunión, les advirtió de que ese era un informe “genérico” y que la respuesta al Supremo debe ser más concreta. Zaragoza y Moreno quedaron en rehacerlo y este es el documento que han entregado este miércoles en el que, como ya avanzaron, mantienen su oposición a amnistiar la malversación y avisan de que no van a asumir una orden contraria del fiscal general.

La Fiscalía se rige por el principio de dependencia jerárquica

La Fiscalía se rige por el principio de dependencia jerárquica, lo que implica que los fiscales tienen que seguir el criterio de su superior, que en el caso de los fiscales del procés es directamente el fiscal general. Pero el Estatuto que regula el funcionamiento del Ministerio Público prevé, en su artículo 27, un mecanismo para solventar las discrepancias, y ese precepto es el que invocarán estos fiscales si su jefe les dice que hay que defender ante el Supremo la aplicación de la medida de gracia a Puigdemont.

García Ortiz no se pronuncia sobre la amnistía

García Ortiz ha rechazado hasta ahora opinar sobre el alcance de la amnistía, pero fuentes del su entorno señalan que su posición diverge de la expresada por los fiscales del procés y considera que la malversación que se atribuye a Puigdemont o Junqueras queda bajo el paraguas de la ley porque no supuso un enriquecimiento del patrimonio de los líderes independentistas, la condición que fija la norma para poder beneficiarse de la medida de gracia.

Si García Ortiz establece que este es el criterio el Ministerio Público, todos los fiscales tendrían, en teoría, que seguirlo, porque el otro principio básico del funcionamiento de la Fiscalía es la dependencia jerárquica. Fuentes fiscales señalan que, una vez recibido el informe, García Ortiz comunicará por escrito su postura a Cadena, Zaragoza, Madrigal y Moreno. En el caso de que sea partidario de amnistiar la malversación y los fiscales del procés se nieguen, estos pedirán la activación del artículo 27 del Estatuto, que prevé que la convocatoria de la Junta de Fiscales de Sala (máximo órgano asesor de García Ortiz).

La última palabra la tiene el fiscal general

Los 38 miembros de esta Junta tendrían que examinar un informe elaborado por los fiscales del procés y otro de García Ortiz y fijar una posición. No obstante, la última palabra la tiene el fiscal general, que cuenta con capacidad para imponer su criterio. Los fiscales del Supremo ya advierten en el escrito presentado este miércoles que no lo van a aceptar y que, en ese caso, se apartarán de la causa.

La ley establece que la malversación de fondos públicos será amnistiada si estuvo destinada a financiar actos vinculados al procés, “siempre que no haya existido propósito de enriquecimiento”, entendido este como “beneficio personal de carácter patrimonial”. Con esta redacción, el Gobierno y sus socios pretenden evitar lo que ocurrió con la reforma penal de la malversación aprobada en 2022, un cambio con el que el PSOE y los independentistas buscaron rebajar las penas por este delito impuestas a los líderes del procés, pero que no tuvo ese efecto porque el Supremo rechazó aplicarlo al desvío de fondos vinculado al 1-O.

Los fiscales defienden que no hay pruebas de enriquecimiento

El tribunal esgrimió su propia jurisprudencia, según la cual la malversación no solo produce enriquecimiento cuando hay un lucro personal, sino también cuando se genera otro tipo de beneficios. Por eso en la amnistía se ha añadido que el beneficio obtenido debe ser de “carácter patrimonial”. Los promotores de la amnistía defienden que no hay ninguna prueba de que el desvío de fondos del procés haya provocado en ningún caso un aumento del patrimonio de los encausados, pero la interpretación que hace el Supremo de los hechos probados en la sentencia de 2019 le llevan a sostener lo contrario.