Móstoles se suma a las ciudades comprometidas con el medio ambiente y crean la Zona de Bajas Emisiones (ZBE)
Móstoles, al igual que Boadilla y Majadahonda, se suma a la lista de municipios de la Comunidad de Madrid que están implementando Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) para reducir la contaminación y mejorar la calidad de vida de sus residentes.
¿Qué es y dónde estará localizada la ZBE de Móstoles?
La ZBE de Móstoles, denominada Área 20, estará delimitada por las siguientes calles: calle del Cristo, calle Juan XXIII, calle Reyes Católicos, calle Independencia, calle Ricardo Medem y calle Andrés Torrejón.
Objetivos de la ZBE
- Reducir los niveles de contaminación ambiental
- Mejorar la calidad de vida de los residentes
- Promover una movilidad más sostenible
- Favorecer el transporte público
- Disminuir la intensidad del tráfico y recuperar espacio público para los peatones
Vehículos autorizados para circular por el Área 20
Podrán acceder al interior del Área 20:
- Bicicletas, otros ciclos y vehículos de movilidad urbana (VMU).
- Vehículos de residentes empadronados en el Área 20 (propiedad, usufructo, renting o leasing).
- Vehículos con etiqueta 0 emisiones, ECO, B y C de clasificación ambiental (excepto vehículos industriales ECO, sujetos a horarios).
- Vehículos de personas con tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
- Vehículos de servicios públicos esenciales (Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Policía Municipal, extinción de incendios, protección civil, salvamento y ambulancias).
Vehículos con acceso excepcional al Área 20
Además de los vehículos autorizados, podrán circular por el Área 20 los siguientes:
- Vehículos debidamente identificados de Administraciones Públicas o contratistas que presten servicios públicos básicos (limpieza, recogida de residuos, mantenimiento de vías públicas, etc.).
- Vehículos de urgencias en la vía pública (suministro de agua, gas, electricidad o telecomunicaciones).
- Vehículos autotaxi con distintivo ambiental.
- Vehículos de arrendamiento con conductor con distintivo ambiental (con servicio previamente contratado con origen o destino en el Área 20).
- Vehículos de empresas o profesionales que presten servicios o entreguen o recojan suministros en el Área 20 (excluidos turismos y motocicletas).
- Motocicletas, ciclomotores y triciclos asimilables a motocicletas con distintivo ambiental (en horario establecido por el Ayuntamiento).
- Vehículos de propietarios de plazas de garajes particulares situadas en el interior del área.
- Vehículos de titulares de plazas de Aparcamiento para Residentes en el interior del Área 20.
- Vehículos de autoescuelas ubicadas en el Área 20 destinados a prácticas de conducción.
- Vehículos que accedan a talleres de reparación de vehículos ubicados en el Área 20.
- Vehículos para actos en la vía pública y ocupaciones autorizadas por el órgano competente.
Multas por incumplimiento
Las infracciones a la normativa de la ZBE se consideran graves y conllevan multas de 200 euros (con reducción del 50% si se pagan en un plazo de 20 días naturales).
Vehículos más afectados por la ZBE
La regulación de la ZBE de Móstoles afecta principalmente a los vehículos sin etiqueta, que son:
- Vehículos de gasolina matriculados antes del año 2000
- Vehículos diésel anteriores a 2006