Marcelo Orrego se moviliza para eliminar la Ley de Lemas e implementar la Boleta Única en San Juan
El gobernador de San Juan, Marcelo Orrego, presentó un proyecto de ley en la Cámara de Diputados local para modificar el Código Electoral. El proyecto tiene como objetivo eliminar la Ley de Lemas e incorporar un sistema de boleta única.
"San Juan merece un sistema electoral moderno, justo, limpio y transparente", afirmó Orrego. "Como prometimos en campaña, hemos presentando un proyecto que deroga la Ley de Lemas, símbolo de un sistema obsoleto y engañoso para los electores. Incorpora la Boleta Única de Sufragio, para terminar con el voto cadena y las malas prácticas. Limita la reelección indefinida de diputados. Da claridad y moderniza los procesos electorales", sintetizó.
Fin de la Ley de Lemas y nuevo modelo de boleta
La propuesta elimina la Ley 2348-N, el Sistema de Participación Ciudadana (SIPAD) y la Ley de Lemas. Esta normativa permite a una agrupación presentar varias subagrupaciones, es decir, postular varias listas para el mismo cargo. Una vez finalizada la jornada electoral, la lista más votada de cada partido se lleva los sufragios del resto.
La iniciativa de Orrego suprime esta legislación y, en su lugar, propone realizar elecciones internas en cada partido para seleccionar candidatos. Estas elecciones pueden ser cerradas o abiertas, según la elección de cada partido, alianza o coalición. "En el caso de elecciones internas abiertas, podrán votar todos los ciudadanos que lo deseen, siempre que no estén afiliados a otros partidos", señala el proyecto.
Además, el proyecto del gobernador incorpora la utilización de la Boleta Única de Sufragio. El objetivo es "poner fin al voto cadena y otras malas prácticas electorales". También permitiría reducir el costo de impresión de las papeletas y garantizar el principio de igualdad entre los candidatos.
De acuerdo con el proyecto, la Boleta Única de Sufragio "estará dividida en filas horizontales de igual dimensión para cada partido, alianza, frente o coalición política que cuente con listas de candidatos oficializadas y registradas ante el Tribunal Electoral Provincial". Además, indica que los espacios asignados en la BUS "deben ser idénticos, incorporando simétricamente las figuras o símbolos partidarios, que previamente hubieran sido autorizados por el Tribunal Electoral Provincial y, en su caso, la fotografía de los candidatos".
Limitación de la reelección indefinida de diputados provinciales
El proyecto también limita la reelección indefinida de los diputados departamentales y por el sistema de representación proporcional. Para los primeros, propone lo siguiente: "Cada uno de los diecinueve (19) departamentos en que se divide el territorio de la provincia elegirá a su respectivo representante por mayoría simple de votos, para lo cual se considerará a cada departamento como distrito electoral único. Los legisladores pueden ser reelegidos en forma consecutiva sólo por dos períodos. Si han sido reelectos, pueden presentarse nuevamente como candidatos después de un intervalo mínimo de un período".
Para los diputados por el sistema de representación proporcional, el proyecto señala: "En la misma oportunidad de la elección de los diputados departamentales, se elegirá, por el sistema de representación proporcional, tomando a la provincia como distrito electoral único, un diputado cada cuarenta mil (40.000) habitantes. El número de habitantes que determina el número de diputados es el del último censo oficial nacional o provincial legalmente practicado. Los legisladores pueden ser reelegidos en forma consecutiva sólo por dos períodos. Si han sido reelectos, pueden presentarse nuevamente como candidatos después de un intervalo mínimo de un período", reza el texto.
Autor: áambito.com