¡Justicia para los inquilinos! Corte permite modificar contratos de renta por desalojos forzosos

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dictaminado a favor de los arrendatarios, quienes ahora tienen derecho a solicitar modificaciones en sus contratos de alquiler si se han visto obligados a abandonar sus viviendas por causas de fuerza mayor.

¿Qué dice la nueva resolución?

La resolución, emitida el 29 de enero de 2025, establece que "los arrendatarios que por causas de fuerza mayor no puedan habitar hasta por dos meses el inmueble que rentaron, podrán solicitar la recisión o modificación del contrato para reducir el monto de la renta".

Esto significa que los arrendadores ya no podrán abusar de los inquilinos que, por circunstancias ajenas a su voluntad, no hayan podido utilizar las propiedades alquiladas.

¿Cuándo aplica la resolución?

La resolución aplica cuando:

  • El inquilino no pueda habitar el inmueble por causas de fuerza mayor (por ejemplo, desastres naturales, emergencias de salud o desalojos ilegales).
  • El período de desalojo forzoso sea superior a dos meses.

¿Cómo solicitar la modificación del contrato?

Los inquilinos que cumplan con los requisitos deben:

  1. Notificar al arrendador sobre la imposibilidad de habitar el inmueble dentro de los 30 días posteriores a los dos meses de desalojo.
  2. Si el arrendador se niega, presentar una demanda legal dentro de los 30 días siguientes para hacer valer sus derechos.

¿Qué pasa en la Ciudad de México?

En la Ciudad de México, la legislación civil ya contempla condonaciones o reducciones de alquileres en casos similares. Incluso permite la rescisión de contratos si la vivienda no se puede habitar durante más de dos meses.

"Es injusto exigir el pago de rentas cuando no se está en condiciones de utilizar el bien arrendado", declaró la SCJN.

¡Protege tus derechos!

Si eres inquilino y te has visto afectado por un desalojo forzoso, no dudes en utilizar esta nueva resolución para proteger tus derechos. Recuerda que tienes derecho a una vivienda digna y a un trato justo por parte de los arrendadores.