El TEPJF da luz verde al INE para continuar con la elección de juzgadores

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó, con votación dividida, que el Instituto Nacional Electoral (INE) continúe con la organización de la elección de juzgadores, magistrados y ministros, al considerar que, a pesar de las decenas de suspensiones judiciales, debe prevalecer su obligación constitucional de garantizar los derechos electorales de la ciudadanía.

Votación dividida

El proyecto fue aprobado con los votos de Felipe Fuentes y Mónica Soto, mientras que Janine Otálora y Reyes Rodríguez Mondragón votaron en contra. Otálora consideró que la resolución debía aplazarse hasta que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resuelva los asuntos que tiene en trámite, mientras que Rodríguez Mondragón sostuvo que el TEPJF no tiene facultades para intervenir en resoluciones de amparo.

Argumentos a favor de continuar con la elección

El magistrado Felipe de la Mata Pizaña, quien tuvo a su cargo el proyecto, destacó que suspender el proceso electoral sería ir en contra del artículo 41 de la Constitución en materia electoral, que establece que la interposición de medios legales no impondrá efectos suspensivos.

La elección está en curso, suspenderlo sería ir en contra del artículo 41 de la constitución en materia electoral, ‘la interposición de medios legales no impondrá efectos suspensivos’, y esto es lógico porque en proceso electoral todo es urgente y no puede suspenderse.

Si la Constitución dice que no hay suspensión, la propia Corte no podría suspenderlo porque está obligada al cumplimiento de la Constitución. Además, la Corte puede tomarse un año o dos para resolver, por eso en un asunto electoral se debe resolver aquí”.

Felipe Fuentes rechazó que exista una invasión de atribuciones a juzgadores o tribunales, justificando que en esta resolución “no existe un pronunciamiento del Tribunal Electoral respecto de la validez de las suspensiones, de jueces de distrito por lo que no hay un conflicto competencial”.

La magistrada presidenta Mónica Soto señaló que la resolución de la Sala Superior se limita a resolver una incertidumbre del INE ante dos órdenes contrarias: la de la reforma constitucional de organizar la elección y las suspensiones que le instruían no hacerlo.

Posiciones en contra

Janine Otálora expuso que el Tribunal Colegiado de Colima promovió un recurso ante la SCJN para que aclare si era viable la petición del INE de que el Tribunal Electoral se pronunciara sobre las suspensiones, o si era competencia de la Corte.

Rodríguez Mondragón sostuvo que la petición del INE era improcedente y la Sala Superior carece de competencia para pronunciarse sobre la validez, efectos o alcances de decisiones de jueces de distrito.

No estamos ante una situación en la que se afecten derechos. No hay certidumbre que deba ser aclarada, incluye mandatos judiciales expresos e impugnables mediante un proceso establecido en la ley de amparo, si la pretensión del INE es controvertirlas, debe acudir a los tribunales colegiados de circuito.

Consideraba que el INE debía recurrir a los tribunales judiciales y no a la Sala Superior, sin embargo, las posturas de Rodríguez Mondragón y Otálora Malassis quedaron en minoría.

Siguiente paso

Con la aprobación de este proyecto, el INE puede retomar de inmediato todas las acciones sobre la organización de la elección de jueces, magistrados y ministros, pues las suspensiones de amparo no aplican en materia electoral.