La justicia absuelve a exdirectivos de Hidroituango por contrato de construcción
El Tribunal Superior de Medellín confirmó el fallo absolutorio a favor de Luis Guillermo Gómez, exgerente de Hidroituango, y Luis Javier Vélez, exgerente de EPM Ituango, por el delito de contrato sin el cumplimiento de los requisitos legales en la suscripción del contrato BOOMT para la construcción del megaproyecto.

Fiscalía buscaba revertir fallo absolutorio
La Fiscalía General de la Nación interpuso un recurso de apelación contra el fallo absolutorio emitido en diciembre de 2022 por el juzgado 18 penal del circuito de Medellín.

Tribunal rechaza apelación
En segunda instancia, los magistrados de la sala penal rechazaron la apelación y confirmaron el fallo que absolvió a Gómez y Vélez.

Contrato cuestionado
El contrato cuestionado fue firmado el 30 de marzo de 2011 entre Hidroituango S.A. y EPM Ituango S.A. para la construcción, operación, mantenimiento y transferencia de la central hidroeléctrica más grande del país.
Argumentos de la defensa
La defensa de los exdirectivos argumentó que el contrato no era atípico y que la contratación directa con EPM estaba permitida en los estatutos de contratación de Hidroituango.
Argumentos de la Fiscalía
La Fiscalía, por su parte, sostenía que la intención de Hidroituango era contratar directamente con EPM desde el inicio del proceso y que el contrato no cumplía con los requisitos legales.
Tribunal respalda argumentos de la defensa
El Tribunal Superior de Medellín consideró que los argumentos de la defensa eran sólidos y que no había mérito para condenar a los exdirectivos.
El fallo absolutorio es un revés para la Fiscalía General de la Nación, que buscaba revertir la decisión del juzgado de primera instancia.