Corte Constitucional tumba creación del Ministerio de Igualdad de Colombia

La Corte Constitucional declaró inexequible la ley que creó el Ministerio de Igualdad y Equidad, argumentando que el Congreso no realizó el análisis de impacto fiscal requerido por ley.

¿Qué dice la Corte Constitucional?

Según la Corte, el Congreso incurrió en un vicio de procedimiento insubsanable al no llevar a cabo el análisis de impacto fiscal de la creación del Ministerio, tal como lo exige el artículo 7º de la Ley 819 de 2003.

Esta omisión, según el tribunal, violó el artículo 151 de la Constitución Política de Colombia, que establece normas sobre presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal.

¿Qué pasará con el Ministerio?

A pesar de la declaratoria de inexequibilidad, la Corte Constitucional decidió diferir los efectos de la misma por dos legislaturas (cuatro años), para dar tiempo al Congreso o al Gobierno a solucionar la situación.

Durante este periodo, el Ministerio podrá seguir funcionando, pero si el Congreso no aprueba una nueva ley que cumpla con los requisitos legales o si el Gobierno no reasigna las funciones del Ministerio, este será eliminado.

La Corte destacó la importancia de garantizar los derechos de los sujetos de especial protección constitucional, como las madres cabeza de familia y las personas en situación de discapacidad, que podrían verse afectados por la eliminación del Ministerio.

Reacciones

La ministra de Igualdad y Equidad, Francia Márquez, lamentó la decisión de la Corte Constitucional, pero aseguró que seguirá trabajando para garantizar los derechos de los grupos vulnerables.

Por su parte, el presidente Gustavo Petro expresó su apoyo al Ministerio y afirmó que trabajará para que el Congreso apruebe una nueva ley que cumpla con los requisitos legales.