La Alcaldía de Bogotá regula los cobros en colegios privados
La Secretaría de Educación del Distrito Capital emitió una resolución que define los servicios que pueden cobrarse aparte de la matrícula en los colegios privados de la ciudad.
Según la resolución, no se podrán cobrar actividades o recursos inherentes a la prestación del servicio educativo, como el uso de libros, uniformes, materiales didácticos o servicios de transporte.
Tampoco se podrán cobrar servicios que no estén contemplados en el contrato de matrícula, como tutorías académicas, clases extracurriculares o actividades deportivas.
La resolución también establece que los colegios privados deben informar a los padres de familia sobre los costos de los servicios adicionales que ofrecen, y que estos costos deben ser razonables y proporcionales al servicio prestado.
La medida busca proteger los derechos de los padres de familia y garantizar que los colegios privados no cobren tarifas excesivas o injustificadas.
"Esta resolución es un avance importante para la protección de los derechos de los padres de familia y la garantía de una educación de calidad para todos los niños y niñas de Bogotá", afirmó la secretaria de Educación, Edna Bonilla.
Los colegios privados que incumplan la resolución podrán ser sancionados con multas de hasta 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes.