La Suprema Corte declara inconstitucional el requisito de 15 años de cotización para la pensión por orfandad del ISSSTE
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha declarado inconstitucional el requisito de 15 años de cotización para otorgar la pensión por orfandad del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
El caso
El caso surgió a partir de una menor que perdió a su padre, quien había cotizado al ISSSTE durante 13 años y 9 meses. A pesar de que la niña acreditó ser hija del trabajador afiliado, el ISSSTE le negó la pensión por orfandad debido a que su padre no cumplía con el requisito de 15 años de cotización.
La resolución de la SCJN
La SCJN consideró que el requisito de 15 años de cotización para otorgar la pensión por orfandad transgrede los principios de igualdad y no discriminación, el interés superior de la infancia y el derecho de previsión y seguridad social.
"La ley del ISSSTE, vigente hasta el 31 de marzo de 2007, transgrede los principios de igualdad y no discriminación, el interés superior de la infancia y el derecho de previsión y seguridad social al impedir el acceso a una pensión de orfandad cuando el trabajador no cumplió con el periodo mínimo de cotización", señala la Corte en un comunicado.La SCJN también advirtió que el requisito se redujo a tres años en la legislación vigente, lo que justifica que la menor acceda a la pensión de orfandad.
El impacto de la resolución
La resolución de la SCJN beneficiará a todos los menores que hayan perdido a sus padres y que no cumplan con el requisito de 15 años de cotización. La resolución también obliga al ISSSTE a modificar su Ley para eliminar el requisito inconstitucional.
"Esta resolución es un gran avance en la protección de los derechos de los niños y niñas que han perdido a sus padres", dijo la ministra Yasmín Esquivel, quien estuvo a cargo del caso.