La AFIP extiende el plazo para recategorizar hasta el 9 de agosto

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para realizar la recategorización del primer semestre del año hasta el 9 de agosto inclusive. La decisión se oficializó a través de la Resolución General 5534/2024 publicada este lunes en el Boletín Oficial.

De esta manera, los contribuyentes que deban ajustar su categoría en el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales podrán hacerlo hasta la nueva fecha límite.

¿Cómo realizar la recategorización?

La recategorización se puede realizar a través del servicio "Sistema Registral" de la AFIP, con Clave Fiscal nivel 2 o superior.

Para ello, se deben seguir los siguientes pasos:

  1. Ingresar al servicio "Sistema Registral" con Clave Fiscal.
  2. Seleccionar la opción "Registro Tributario".
  3. Elegir la opción "Modificación de Datos".
  4. Completar los datos solicitados y confirmar la recategorización.

Es importante recordar que la recategorización es obligatoria para todos los contribuyentes que hayan tenido cambios en su situación económica o patrimonial durante el primer semestre del año.

Quienes no realicen la recategorización en tiempo y forma podrán ser sancionados por la AFIP.