El SAT anuncia que los contribuyentes del Resico no presentarán declaración anual

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que los contribuyentes que deseen tributar bajo el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) no tendrán la obligación de presentar declaración anual, pero sí realizar pagos mensuales.

Beneficios del Resico

El Resico ofrece varios beneficios a los contribuyentes, entre ellos:

  • Cálculo automático de impuestos
  • Facilidades administrativas
  • Tasas mínimas del Impuesto Sobre la Renta (ISR)

Requisitos para tributar en el Resico

Para poder tributar en el Resico, los contribuyentes deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener ingresos anuales menores a 3,5 millones de pesos
  • Realizar actividades en el sector primario, actividades empresariales, prestación de servicios profesionales o percibir ingresos por el uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento)

Cómo tributar en el Resico

Para tributar en el Resico, los contribuyentes deben presentar un aviso de actualización de actividades económicas ante el SAT a más tardar el 31 de enero de 2025.

Ampliación de los beneficios del Resico

El SAT también anunció que ampliará los beneficios del Resico a las personas físicas dedicadas a la agricultura, ganadería, pesca y actividades silvícolas que sean socios o accionistas de uniones de crédito.

Compromiso del SAT

El SAT reiteró su compromiso de simplificar los trámites y servicios para los contribuyentes, y de ofrecer facilidades para fortalecer el cumplimiento voluntario y oportuno de las obligaciones fiscales.

"Con estas acciones, el SAT refrenda su compromiso de simplificar trámites y servicios, así como ofrecer facilidades para fortalecer el cumplimiento voluntario y oportuno de las obligaciones fiscales", dijo el organismo recaudador.

Servicio de Administración Tributaria (SAT)

Fuente: El Imparcial