¿Semana Santa sin descanso? Lo que la Ley Federal del Trabajo está estableciendo
Las vacaciones de Semana Santa se están acercando rápidamente, y muchas personas están haciendo planes para escapar de sus rutinas y disfrutar de un merecido descanso. Sin embargo, surge la pregunta: ¿qué ocurre si no me presento a trabajar durante estos días, considerando que no son considerados como asuetos oficiales? En este artículo, vamos a estar analizando lo que la Ley Federal del Trabajo (LFT) está indicando al respecto.
La LFT está delineando claramente cuáles son los días de descanso obligatorios, los cuales implican un pago triple en caso de que la naturaleza del trabajo impida la ausencia del empleado. A pesar de que el propósito original de estos días es permitir el disfrute de festividades cívicas y religiosas, la Semana Santa no figura en esta lista. Mayte Baena (2025) de Milenio está señalando que esta situación está generando incertidumbre entre los trabajadores.

Días de descanso oficiales: ¿Cuáles son?
El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo está especificando los siguientes días como de descanso obligatorio:
- 1 de enero
- El primer lunes de febrero (en conmemoración del 5 de febrero)
- El tercer lunes de marzo (en conmemoración del 21 de marzo)
- 1 de mayo
- 16 de septiembre
- El tercer lunes de noviembre (en conmemoración del 20 de noviembre)
- 1 de octubre cada seis años (transmisión del Poder Ejecutivo Federal)
- 25 de diciembre
- Los días que determinen las leyes federales y locales electorales (elecciones ordinarias)
¿Qué está pasando con el Jueves y Viernes Santo?
El Gobierno de México, basándose en la LFT, está enfatizando que los días jueves y viernes santos no están contemplados como días de descanso obligatorio. Esto significa que, en principio, los empleados de todos los sectores deben presentarse a laborar de manera normal. Sin embargo, Mayte Baena (2025) en Milenio destaca que la flexibilidad puede existir: «A menos que se llegue a un acuerdo con el empleador o la empresa, se podrá faltar en jueves y viernes santo».
¿Cuáles son las consecuencias de faltar al trabajo?
Aunque la ley establezca que estos días no son de descanso oficial, muchos trabajadores ya están planeando sus vacaciones, a menudo sin contar con la autorización correspondiente. La pregunta clave que surge es: ¿pueden despedirme si falto al trabajo en Jueves y Viernes Santo?
La respuesta, aunque dura, es afirmativa. La LFT, destinada a proteger los derechos laborales, también estipula que las empresas pueden rescindir el contrato de un empleado que acumule tres faltas injustificadas en un período de 30 días. Esto está generando preocupación entre los trabajadores que desean disfrutar de estos días festivos. Por lo tanto, es crucial que los empleados se comuniquen con sus empleadores y exploren opciones como solicitar días de vacaciones o llegar a un acuerdo para ausentarse sin poner en riesgo su empleo.
La importancia de la comunicación y la asesoría legal
Para evitar posibles conflictos y proteger sus derechos, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) pone a disposición de los trabajadores la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET). Esta institución ofrece asesoría y orientación gratuita en materia laboral. Si tienes dudas o enfrentas problemas relacionados con tus derechos laborales, puedes contactar a la PROFEDET a través de los números telefónicos 800 717 29 42 y 800 911 78 77.
En conclusión, si bien la ley no está obligando a los empleadores a dar estos días libres, el diálogo y la negociación son clave para disfrutar de la Semana Santa sin poner en peligro tu trabajo. Según Grupo Milenio (2025), es esencial que los trabajadores estén informados sobre sus derechos y busquen asesoramiento en caso de ser necesario.
Consideraciones finales sobre la Semana Santa y el trabajo
La situación de Jueves y Viernes Santo como días laborables en México está generando un debate entre los derechos de los trabajadores y las necesidades de las empresas. Es fundamental que tanto empleados como empleadores estén al tanto de las regulaciones vigentes y busquen soluciones que beneficien a ambas partes. La flexibilidad, la comunicación y el conocimiento de los derechos laborales son herramientas esenciales para navegar estas fechas festivas sin consecuencias negativas.
- Comunicación abierta: Hablar con tu empleador sobre tus planes y buscar alternativas.
- Conocimiento de la ley: Estar informado sobre tus derechos y obligaciones laborales.
- Asesoría profesional: Buscar ayuda en la PROFEDET si enfrentas problemas o tienes dudas.
Siguiendo estas recomendaciones, podrás disfrutar de la Semana Santa mientras proteges tu empleo y tus derechos laborales.