Nuevos paquetes de ayudas para empleados afectados por la DANA

El Consejo de Ministros ha aprobado este lunes en una reunión extraordinaria un nuevo paquete de ayudas y medidas legales para los empleados afectados por la DANA de Valencia.

Coberturas previstas

Este nuevo Real Decreto amplía y completa las medidas de protección laboral que ya se empezaron a aprobar la semana pasada. La ampliación incluye nuevas causas de ausencia al trabajo sin perder el salario, a través de permisos retribuidos no recuperables; nuevos supuestos de adaptación de jornada; una prestación para las empleadas de hogar; el derecho a reducir la jornada (y el sueldo proporcionalmente) hasta el 100%; y la prohibición de despedir en algunos casos.

Permisos retribuidos

Las causas por las que los empleados afectados por la DANA pueden acogerse a permisos retribuidos con el 100% del salario si no pueden acudir al trabajo o teletrabajar son las siguientes:

  1. Interrupción de la actividad laboral: Cuando la empresa o el centro de trabajo se vea afectado por la DANA y no sea posible desarrollar la actividad laboral con normalidad.
  2. Necesidad de atender a familiares afectados: Para atender a familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad que hayan resultado heridos o hayan sufrido daños materiales graves a causa de la DANA.
  3. Fallecimiento de familiares: Para asistir al sepelio de familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad que hayan fallecido a causa de la DANA.

A diferencia de los permisos que se pusieron en marcha durante la pandemia, estos permisos serán no recuperables, de forma que el empleado no tendrá que recuperar para la empresa las horas no trabajadas. Estos permisos, que no implican pérdida de cotizaciones, serán sufragados por las empresas, que podrán estar o no acogidas a un ERTE, y tendrán plazos indeterminados (no se tasarán los días de permiso), salvo en el caso del permiso por fallecimiento de familiares, que se amplía a cinco días a contar desde que se produzca el sepelio.

Adaptación de jornada y otras medidas

Para los empleados que no cumplan ninguna de las causas que recoja el Boletín Oficial del Estado (BOE) cuando publique este decreto, también se prevé una ampliación del plan Mecuida, en los mismos términos que la pandemia, recuperando el derecho a reducir la jornada (y el sueldo proporcionalmente) hasta el 100% con reserva de puesto. Esto incluirá a las trabajadoras del hogar.

Además, se establece el derecho a la prestación de servicios a través de la modalidad de trabajo a distancia, como forma de organización preferente. En los supuestos de imposibilidad de acceder al trabajo, se reconoce a las personas trabajadoras "el derecho a la realización del trabajo a distancia, salvo que resulte imposible por ausencia de medios del propio trabajador o limitaciones o ausencia de cobertura o acceso a la red".

ERTE y otras medidas para empresas

El BOE establecerá particularidades para los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) relacionados tanto con la situación excepcional de la DANA como con las pérdidas de actividad indirectamente originadas por las mismas.

Para agilizar los ERTE de fuerza mayor, los informes de la Inspección de Trabajo serán "potestativos" (opcional), sin que esto sea óbice para la comprobación a posteriori de los requisitos legalmente establecidos". Además, si la empresa afectada optara por un ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (conocidos como ETOP), los empleados podrán beneficiarse de las mejoras implantadas para los de modalidad de fuerza mayor: no se les pedirá periodo de carencia en el reconocimiento de la prestación por desempleo; su disfrute no implicará el consumo de cotización alguna; y la cuantía de dicha prestación será del 70% de la base reguladora del empleado.

A todo esto se añade un beneficio excepcional, que consiste en que el tiempo en el que los empleados en ERTE estén cobrando la prestación por desempleo les contará como cotizados a efectos de futuras situaciones de desempleo.

Para las empresas que se acojan a estos ERTE, el Gobierno ya aprobó la pasada semana que estarán exentas en el 100% del pago de sus cotizaciones a la Seguridad Social, al menos hasta el 28 de febrero de 2025.

Prestación para empleadas de hogar

El paquete de medidas también incluye una prestación extraordinaria y totalmente novedosa para empleadas de hogar que tengan "imposibilidad total o parcial de prestar servicios en el ámbito del servicio del hogar familiar". En estos casos, estas trabajadoras tendrán derecho a la suspensión contractual y a la reducción de la jornada. También tendrán derecho a que se les aplique el régimen especial de prestación por desempleo previsto para los casos de fuerza mayor.

Prohibición de despidos

Se prohibirá también el despido de empleados de las empresas que hagan uso de las ayudas directas o de los ERTE previstos específicamente con ocasión de la DANA. De producirse estos despidos, se calificarán como nulos por los tribunales (y tendrán que readmitir al empleado despedido). Además, la empresa deberá devolver las ayudas recibidas.

Conclusión

Este nuevo paquete de ayudas y medidas legales tiene como objetivo proteger a los empleados afectados por la DANA, garantizando su empleo y sus ingresos. Las medidas incluyen permisos retribuidos, adaptación de jornada, prestaciones y prohibición de despidos, entre otras.

Referencias

  1. Pascual Cortés, R. (11 de noviembre de 2024). Estas son las causas por las que los afectados por la dana pueden faltar al trabajo sin perder el salario. El País. https://elpais.com/economia/2024-11-11/el-gobierno-aprobara-este-lunes-un-nuevo-paquete-de-ayudas-para-trabajadores-afectados-por-la-dana-con-permisos-del-100-del-salario.html