España pierde de nuevo en el juzgado de EE. UU. y continúa la batalla por los arbitrajes renovables

En un nuevo revés judicial, España ha perdido su batalla legal para evitar pagar indemnizaciones por los arbitrajes de las energías renovables. El Tribunal de Apelaciones del Distrito de Columbia ha rechazado la petición de España de revisar su decisión del verano pasado, que confirmaba la validez de tres laudos por un valor de 358 millones de euros a favor de las empresas Nextera, 9REN y AES (ahora en manos del fondo Blasket).

España sin inmunidad frente a los laudos

Las tres juezas que resolvieron el caso rechazaron la inmunidad alegada por España, argumentando que al ratificar un convenio de arbitraje como el del Ciadi, un país renuncia implícitamente a su inmunidad soberana frente a las demandas que pretendan hacer cumplir los laudos dictados en virtud de dicho convenio.

España alega que el Tratado de la Carta de la Energía no permite arbitrajes contra Estados miembros

España ha alegado que el Tratado de la Carta de la Energía (TCE), cuya violación se condena en los laudos, no permite a las sociedades de la Unión Europea pleitear en arbitraje contra los Estados miembros. Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones rechazó este argumento, señalando que el hecho de que se trate de arbitrajes intracomunitarios no es suficiente para aceptar la excepción de inmunidad.

El fallo es recurrible ante el Tribunal Supremo

El fallo es recurrible ante el Tribunal Supremo, pero los jueces de dicho tribunal solo aceptan una mínima parte de los casos que les llegan. En el arbitraje de Nextera, la mayor eléctrica del mundo por capitalización bursátil, ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) se condenó a España a pagar 290 millones de euros por violar el Tratado de la Carta de la Energía con sus recortes a la retribución prometida para las inversiones en energías renovables. A ese fallo se suman los laudos de 41 millones a pagar a 9REN y de 26,5 millones a AES (que ha sido asumido por el fondo Blasket Renewable Investors).

España puede seguir batallando en el extranjero

Aunque el Tribunal de Apelaciones haya confirmado la jurisdicción de los tribunales de distrito para ejecutar los laudos, la sentencia permite a España seguir batallando en el extranjero para evitarlo. De hecho, la sentencia motivó un voto particular discrepante de una de las juezas, quien señaló que la confirmación de los fallos jurisdiccionales es una victoria vacía para los inversores si los tribunales extranjeros les impiden confirmar los laudos.

"Nuestra confirmación de los fallos jurisdiccionales del tribunal de distrito es una victoria vacía para los inversores si, a pesar de ella, los tribunales extranjeros les impiden confirmar los laudos que tanto les ha costado conseguir", sostuvo Florence Pan.

Un juez federal de Washington también dictó una resolución hace unos meses señalando que el laudo del Ciadi de 2021, que reconoce el derecho de la japonesa JGC Corporation a recibir una indemnización de 28 millones de euros más intereses, debe ejecutarse "del mismo modo que una sentencia de un tribunal de uno de los Estados".