"Permisos climáticos": refuerzo del derecho a faltar al trabajo por catástrofes

El Consejo de Ministros ha aprobado este jueves un paquete de medidas para atender a los afectados por la gota fría en la provincia de Valencia, que ha causado más de 200 muertos. Entre ellas, destacan los denominados "permisos climáticos", una modificación legislativa de los permisos remunerados en el Estatuto de los Trabajadores.

Con estos permisos, el Gobierno pretende reforzar el derecho de los empleados a no acudir a su puesto de trabajo durante catástrofes. Además, los representantes de los trabajadores podrán acordar el paro de la actividad durante alertas y se obligará a que los convenios colectivos contengan medidas preventivas específicas.

¿Qué son los "permisos climáticos"?

Los "permisos climáticos" son nuevos permisos de hasta cuatro días por "imposibilidad de acudir al centro de trabajo, prorrogables hasta que desaparezcan las circunstancias", según explica el Ministerio de Trabajo. En caso de que sean necesarios más días, las empresas podrían justificar un ERTE de fuerza mayor.

Esta medida pretende evitar situaciones como las que se produjeron durante la gota fría en Valencia, cuando muchos trabajadores se vieron obligados a desplazarse a sus puestos de trabajo a pesar del riesgo que suponía.

¿Cómo se aplicarán los "permisos climáticos"?

Los "permisos climáticos" se aplicarán mediante un real decreto que modificará el Estatuto de los Trabajadores. Entrará en vigor este mismo viernes, con su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y tendrá que ser convalidado por el Congreso en 30 días.

Los trabajadores tendrán derecho a ser informados de las actuaciones previstas con motivo de la activación de alertas por catástrofes. Asimismo, los convenios colectivos deberán contener "obligatoriamente" protocolos de actuación con medidas concretas de prevención de riesgos laborales "frente a catástrofes y fenómenos meteorológicos adversos".

Ante un riesgo grave e inminente, la empresa estará obligada a "informar lo antes posible de los riesgos y medidas" y a "dar instrucciones para interrumpir la actividad, que quedará suspendida hasta que remita el peligro".

Los representantes de los trabajadores (en su defecto, delegados de prevención) podrán acordar la paralización de la actividad. Las personas trabajadoras no podrán sufrir perjuicio alguno por la adopción de estas medidas.

¿Qué otros derechos se refuerzan?

Además de los "permisos climáticos", el Consejo de Ministros ha reforzado otros derechos de los trabajadores en situaciones de catástrofe.

  • Derecho a ausentarse del trabajo por causas de fuerza mayor, como motivos familiares urgentes o enfermedad o accidente de un familiar.
  • Obligación de las empresas de garantizar la seguridad de los trabajadores en situaciones extremas, pudiendo modificar o suspender la jornada laboral si es necesario.

El Ejecutivo se da un año para aprobar un desarrollo reglamentario que concrete aún más "la protección de las personas trabajadoras frente a los efectos del cambio climático en el ámbito laboral".