El Tribunal Constitucional admite a trámite el recurso contra la iniciativa independentista catalana

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso presentado por el Gobierno de Pedro Sánchez contra la iniciativa legislativa popular (ILP) registrada en el Parlamento de Cataluña el pasado febrero y en la que se pedía reactivar un plan de independencia. Al admitir ese recurso, la propuesta queda automáticamente suspendida durante un plazo inicial de cinco meses, en virtud del artículo 161.2 de la Constitución. El Ejecutivo recurrió la iniciativa al estimar que desborda las competencias de la Cámara catalana y pretende alterar el orden constitucional. La providencia del órgano de garantías ha sido adoptada por unanimidad, aunque sin mediar una votación expresa. Se sometieron a debate dos informes contrapuestos: el primero abogaba por rechazar la impugnación del Gobierno, con el argumento de que la Mesa del Parlament se limitó a aceptar la tramitación de la iniciativa legislativa popular, a darle curso, y que esa decisión no prejuzga la legalidad de la propuesta. Este informe fue elaborado por el letrado del ponente, el magistrado Enrique Arnaldo. El segundo dictamen defendía la admisión del recurso al considerar que la asunción de la nueva propuesta a favor de la independencia de Cataluña no implica simplemente un acto organizativo de los debates del Parlament, sino el inicio de un procedimiento que vulnera numerosas sentencias del propio Constitucional. Esas sentencias han anulado intentos similares previos porque una Cámara autonómica no tiene competencias para plantear alteraciones del orden constitucional. Este segundo dictamen fue elaborado por uno de los letrados del pool o mesa general del órgano de garantías. El tribunal, sin embargo, ha considerado en su pleno de hoy que el recurso presentado contra la nueva propuesta independentista en Cataluña sí tiene efectos inmediatos, porque implica una movilización social consistente en la recogida de firmas, entre otras acciones que suponen contravenir sentencias dictadas por el propio órgano de garantías. En sustancia, dichas resoluciones, como las que anularon las leyes de desconexión impulsadas en 2017 por las fuerzas independentistas en plena recta final del procés, establecieron el principio de que no cabe el ejercicio del derecho de autodeterminación sin una reforma previa de la Constitución. ***

El Govern lamenta la decisión del Constitucional

La portavoz del Govern catalán, Patricia Plaja, ha lamentado que el Ejecutivo central haya utilizado "una vez más los estamentos judiciales para que no se pueda hablar de aquellos temas que no le interesan, le son incómodos y no le gustan". A su juicio, el Gobierno "ha aprendido poco o nada de los últimos años".