Proponen reforma constitucional para sumar a la figura de 'jurados ciudadanos'
La diputada de Movimiento Ciudadano, **Laura Iraís Ballesteros Mancilla**, impulsa una iniciativa de reformas a los artículos 14 y 20 de la Constitución Política, cuyo objetivo es establecer que, en todos los juicios, las personas tienen derecho a contar con un jurado imparcial de ciudadanos que deberán determinar, exclusivamente, el veredicto basándose en pruebas y hechos presentados en la audiencia del juicio.
¿En qué consiste la reforma propuesta por Laura Iraís Ballesteros?
La reforma busca que, en el proceso penal acusatorio y oral, todos los juicios se realicen frente a un jurado imparcial conformado por ciudadanos residentes del estado en el que se cometió el delito, que decidirán sobre la culpabilidad o inocencia del acusado, basándose en las pruebas presentadas en la audiencia.
También, establece que los acusados podrán renunciar a su derecho al juicio por jurados, siempre que estén conscientes de las consecuencias de este hecho y reconozcan su implicación en el hecho.
Al exponer los motivos de su iniciativa, **Ballesteros** explica que incorporar jurados populares permitirá que la ciudadanía participe en la toma de veredictos en ciertos casos. Esto, con el fin de que las resoluciones judiciales no dependan únicamente del Poder Judicial y que las personas juzgadoras deban rendir cuentas frente a la sociedad.
Antecedentes de los jurados ciudadanos en México
Esta figura ha sido objeto de varios intentos de instauración. El primero ocurrió en 1825, cuando el Dr. **José María Luis Mora** logró incorporar esta institución en la Constitución del Estado de México, en su artículo 209. En ella, se estableció un jurado para asuntos criminales y una especie de Gran Jurado para acusación. Situación similar fue contemplada en la Constitución de Querétaro de 1825, en su artículo 179, y en la de otros estados.
Posteriormente, en el Congreso Constituyente de 1856 se propuso incorporar a los jurados en el artículo 24, numeral 4, del proyecto de Constitución Política. Sin embargo, no tuvo éxito. En 1869, el presidente **Benito Juárez** implementó la creación del jurado popular a través de la Ley de Jurados Criminales, del 15 de junio de 1869, que permitía a la sociedad participar en la impartición de justicia y que el poder de los jueces tuviera un contrapeso.
Los jurados en materia penal fueron institucionalizados en los códigos procesales de 1880 y 1894, pero desaparecieron en 1929 con la promulgación del Código de Organización y Competencia y de Procedimientos en Materia Penal para el Distrito y Territorios. Los últimos vestigios del jurado desaparecieron con la reforma de 1982, que eliminó los jurados de los procesos contra servidores públicos, y con la Reforma de 2008, que los eliminó del texto constitucional.
Fuente: Milenio, escrito por Silvia Arellano