Andrés Manuel López Obrador libró ilícitos electorales por dilación de INE

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó una sentencia contra el expresidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) por "dilaciones sin una justificación razonable" atribuidas al Instituto Nacional Electoral (INE), quien investigaba los ilícitos que supuestamente habría cometido.

La Sala Superior del TEPJF ordenó a la Sala Especializada analizar en sus sentencias la caducidad de las quejas, pues López Obrador alegó que lo sancionaban por denuncias presentadas desde 2022, cuando el plazo legal para resolver los procedimientos especiales sancionadores es de un año.

La Sala Especializada resolvió que López Obrador, como presidente, incurrió en promoción personalizada, violación a la Constitución y uso indebido de recursos públicos, pero la Sala Superior le dio la razón al considerar que hubo una dilación injustificable por parte del INE, responsable de la investigación.

Así, la sentencia contra López Obrador quedó sin efectos, beneficiando también a funcionarios de su gobierno implicados, principalmente del área de Comunicación Social.

Contexto

El TEPJF ordenó revisar las sentencias de la Sala Especializada tras la denuncia de AMLO sobre la caducidad de la potestad sancionadora del INE, argumentando que las denuncias fueron presentadas en noviembre y diciembre de 2022 y la determinación de responsabilidad se dio en agosto de 2024.

La Sala Superior concluyó que el INE incurrió en dilaciones injustificadas, por lo que revocó la sentencia contra López Obrador, quien además cuenta con un blindaje constitucional que lo protege de sanciones por este tipo de ilícitos.

Declaraciones

"Se propone revocar la sentencia recurrida, al estimar que operaba la caducidad de la potestad sancionadora de la autoridad responsable, debido a que, como se detalla en la consulta, transcurrió un plazo mayor de un año para la resolución de los procedimientos." - Sala Superior del TEPJF