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Los administradores de conjuntos no pueden restringir el uso de parqueaderos privados o de uso exclusivo
TendenciasHace 98 días

Los administradores de conjuntos no pueden restringir el uso de parqueaderos privados o de uso exclusivo

Los administradores de conjuntos residenciales no tienen permitido restringir el uso de parqueaderos privados o de uso exclusivo, según la Ley 675 que regula la propiedad horizontal.