Prima de servicios: pago en junio y diciembre

La prima de servicios es una prestación social que deben recibir todos los trabajadores que tengan un contrato laboral vigente. Este beneficio corresponde a un mes de salario por cada año trabajado, o a una parte proporcional si el empleado no ha completado el año. El pago se realiza en dos cuotas: la primera debe ser cancelada en el mes de junio y la segunda en el mes de diciembre.

¿Quiénes tienen derecho a la prima de servicios?

Tienen derecho a la prima de servicios todos los trabajadores que tengan un contrato laboral vigente y que gocen de las prestaciones sociales de ley, como cesantías y vacaciones. Esto incluye a los trabajadores del sector público y privado, así como a los trabajadores domésticos.

¿Cómo se calcula la prima de servicios?

El cálculo de la prima de servicios se realiza de la siguiente manera: se toma el salario mensual del trabajador y se multiplica por 180 días, que corresponden a los seis meses trabajados. Este resultado se divide entre 360 días, que corresponden al año completo. El resultado es el valor de la prima de servicios que le corresponde al trabajador.

En el caso de los trabajadores que no hayan completado el año de trabajo, la prima se calcula de manera proporcional. Para ello, se toma el salario mensual y se multiplica por el número de días trabajados durante el semestre. Este resultado se divide entre 360 días.

¿Cuándo se debe pagar la prima de servicios?

La primera cuota de la prima de servicios debe ser cancelada a más tardar el 30 de junio. La segunda cuota debe ser cancelada a más tardar el 20 de diciembre.

¿Qué hacer si no me pagan la prima de servicios?

Si un trabajador no recibe el pago de la prima de servicios en las fechas establecidas, puede acudir al Ministerio de Trabajo para presentar una queja. El Ministerio investigará el caso y, si se comprueba que el empleador no ha cumplido con su obligación, podrá imponerle una sanción.