La Justicia amplía la causa contra la ministra de Capital Humano de la Ciudad por desabastecimiento en comedores
El juez federal Walter Lara Correa dispuso que la causa se tramite como amparo colectivo por el corte en el envío de mercadería a comedores y merenderos
La Unión de Trabajadores de la Economía Popular (UTEP) había denunciado que el Ministerio de Capital Humano, que encabeza Sandra Pettovello, había dejado de enviar los alimentos necesarios para sostener los comedores registrados.
El juez en lo Contencioso Administrativo Federal Walter Lara Correa dispuso que la causa iniciada por la Unión de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular (UTEP) que conduce Juan Grabois contra el Ministerio de Capital Humano que encabeza Sandra Pettovello sea tramitada como un amparo colectivo. Ordenó que se compulse si existen procesos similares en el Registro Público de Procesos.
Esta decisión judicial va en paralelo a la denuncia penal en la que la fiscal Paloma Ochoa intimó a Pettovello para que informe las condiciones en las que se encuentran los comedores y merenderos de la Ciudad, tal como ya fue informada por Ámbito.
La UTEP promovió acción de amparo colectivo contra el Ministerio de Capital Humano con el objeto de garantizar el derecho a la alimentación adecuada y a la seguridad alimentaria y nutricional de todas las personas que asisten a comedores y merenderos comunitarios, proporcionando alimentos de calidad, adecuados y en cantidad suficiente en atención a la obligación de progresividad y no regresividad en la materia, según consta en la presentación. Solicitaban que Capital Humano cese en la interrupción del envío de mercadería que debe garantizar la alimentación en esos espacios.
En el expediente se solicita, además, una medida cautelar para que la cartera que comanda Pettovello inmediatamente entregue la provisión necesaria para el sostenimiento de los comedores registrados. Los demandantes sostienen que el Estado incumple con su obligación de “garantizar la seguridad y la soberanía alimentaria de toda la población argentina, con especial atención a los sectores en situación de mayor vulnerabilidad económica y social”, en el contexto de los Planes Nacionales de Seguridad Alimentaria y Argentina contra el Hambre de conformidad con lo dispuesto por las Leyes N° 25.724 y 27.642.
Asimismo, denunciaron que existen partidas presupuestarias destinadas a solventar esas prestaciones, pero que el Ministerio de Capital Humano las desvía hacia otros fines.
Lara Correa consideró que magistrado sostiene que “puede advertirse que existe una homogeneidad fáctica y normativa, que se individualiza en, la alegada, interrupción de la provisión de alimentos e insumos a los comedores y merenderos inscriptos en el RENACOM, así como también en la obligación que tiene el Estado Nacional de brindar asistencia alimentaria en virtud de la Constitución Nacional, los Instrumentos Internacionales y las demás normas y normativas aplicables, todo lo cual permite considerar razonable la realización de un solo juicio con efectos expansivos de la cosa juzgada, en tanto el interés considerado aisladamente no justifica la promoción de una demanda y, que a su vez, permite resguardar el derecho de acceso a la justicia”.