El gobierno de Javier Milei ha reformado el régimen de contratación en la Administración Pública, en particular para las universidades nacionales. Esta medida es el último paquete normativo que busca reformar el sistema de rendición de gastos y también introduce cambios en la publicidad de la compulsa abreviada y la adjudicación simple.
Objetivos de la reforma
La modificación del reglamento tiene como objetivo garantizar el control de los recursos y aumentar la transparencia en los procedimientos de contratación. Según Maximiliano Fariña, secretario de Transformación del Estado y Función Pública, las universidades forman parte de la Administración Pública y deben cumplir con los mismos procesos de transparencia y control que cualquier otra entidad.
Cambios en los procedimientos de contratación
El nuevo reglamento modifica el procedimiento de contratación directa, que solo se permitirá en los casos previstos en el Decreto Delegado N° 1023/01. Las contrataciones directas pueden ser por compulsa abreviada o por adjudicación simple.
La compulsa abreviada se aplicará cuando haya más de un potencial oferente y la situación se encuadre en los apartados 1, 4 y 5 del artículo 25 del Decreto Delegado N° 1023/01. Por otra parte, la adjudicación simple se utilizará cuando la Administración no pueda contratar sino con una persona determinada o esté facultada para elegir un cocontratante de naturaleza pública, y la situación se encuadre en los apartados 2, 3, 7, 8 y 9 del mismo artículo.
Cambios en la publicidad de las convocatorias
El nuevo reglamento también modifica el artículo 44 sobre la publicidad de la compulsa abreviada y la adjudicación simple. Establece que la convocatoria a presentar ofertas debe efectuarse a través de diferentes medios dependiendo de los apartados del artículo 25 del Decreto Delegado N° 1023/01.
Eliminación de artículos
Por último, el decreto deroga los artículos 23, 23 bis y 24 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional.
Reacciones de las universidades
Según Fariña, las universidades tienen autonomía para gastar su presupuesto, pero deben garantizar la transparencia en el uso de los recursos públicos y mejorar la rendición de cuentas. En caso de que una universidad se niegue a cumplir con las nuevas normas, está obligada por la Ley de Administración Pública (Ley 24.156).