El Tribunal Supremo ha absuelto al exconsejero de Empleo, Antonio Fernández, y al ex director general de Trabajo, Juan Márquez, de los delitos de prevaricación y falsedad documental derivados de las ayudas sociolaborales concedidas a la empresa Aceitunas y Conservas (Acyco) en el marco del caso de los ERE.

Absolución por cosa juzgada

La absolución se basa en el principio de cosa juzgada, ya que ambos ex altos cargos de la Junta de Andalucía ya habían sido condenados por los mismos delitos en la causa principal del caso de los ERE. El Supremo considera que las ayudas a Acyco forman parte de ese mismo procedimiento y que, por tanto, no pueden ser juzgadas de nuevo.

Condenas a empresarios

El Supremo sí ha mantenido las penas de entre dos y cuatro años a cinco empresarios implicados en el caso, al entender que las ayudas que recibieron no están amparadas por las sentencias del Tribunal Constitucional.

Irregularidades en el sistema de ayudas

El Supremo aprovecha la sentencia para censurar el sistema de ayudas sociolaborales de la Junta de Andalucía, que considera "discutible, imperfecto, deficiente, laxo, carente de condiciones, anómalo e incluso, objetivamente facilitador de conductas irregulares ajenas al interés público".

Sin embargo, el tribunal reconoce que este sistema se amparaba en normas con rango de ley, cuya constitucionalidad no fue cuestionada.

Ayudas no amparadas por el Constitucional

El Supremo distingue entre las ayudas concedidas en 2003 a trabajadores de Acyco, que sí están amparadas por las sentencias del Tribunal Constitucional, y cuatro ayudas específicas que no lo están.

  1. La inclusión entre los beneficiarios de dos personas que nunca habían pertenecido a la plantilla de Acyco.
  2. La suscripción de una adenda para el abono de un supuesto adelanto efectuado por siete socios de Acyco.
  3. La inclusión en el ERE de la presidenta del Consejo de Administración de Acyco, que compatibilizó las prestaciones por prejubilación con las dietas por asistencia a los consejos.
  4. La concesión de una nueva ayuda para el abono de la minuta de un abogado del despacho Garrigues.

Condena a la expresidenta de Acyco

La expresidenta del Consejo de Administración de Acyco, Encarnación Poto, ha sido condenada a cuatro años de prisión y seis años y seis meses de inhabilitación absoluta como cooperadora necesaria de delitos de prevaricación y falsedad en documento oficial en concurso con malversación de caudales públicos.

Condenas a otros implicados

También han sido condenados el exabogado del despacho Garrigues que asesoró las operaciones, dos representantes de la mediadora de seguros Vitalia y el apoderado y director de recursos humanos de Acyco.

Citas

"Es necesario partir de que aunque el sistema (...) era, cuando menos, discutible, imperfecto, deficiente, laxo, carente de condiciones, anómalo e incluso, objetivamente facilitador de conductas irregulares ajenas al interés público, (...) se amparaba en normas con rango de ley, cuya constitucionalidad no fue cuestionada".

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