El Tribunal Supremo tumba la deducción de la millonaria indemnización de Bankinter al expresidente Arena

El Tribunal Supremo ha zanjado la batalla legal entre Bankinter y Hacienda en torno a la deducción fiscal de la indemnización de 14 millones de euros que la entidad pagó a Juan Arena por su cese como presidente en 2007. La justicia ha desestimado el recurso de la entidad contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional, que consideró en 2021 que el pago era una "donación remuneratoria" que se concedió de forma voluntaria y, por tanto, no es deducible.

¿Qué dice el Tribunal Supremo?

El Supremo coincide con la Audiencia Nacional en que las pruebas presentadas por Bankinter no son suficientes para demostrar que el gasto de la indemnización estaba relacionado con la generación de ingresos o resultados de la compañía. "No es desacertado calificar de liberalidad el desembolso de una cantidad sin base obligacional alguna en las previsiones de los Estatutos ni en el contrato entre la entidad y el administrador que ha resultado beneficiario de tales pagos", afirma el alto tribunal.

La indemnización incluía otros beneficios

Además del pago único de 14 millones de euros, la indemnización incluía el mantenimiento indefinido del seguro médico, así como otros servicios como la seguridad, el servicio de secretaría y el mantenimiento, reparación y reposición de un vehículo para uso personal.

Hacienda cuestionó los servicios prestados

Hacienda cuestionó que los servicios que Arena se comprometió a prestar a cambio de la indemnización, como asesoramiento estratégico y no competir con Bankinter durante dos años, se hubieran realizado realmente. Además, consideró que estos servicios eran excesivamente gravosos en relación con las obligaciones de cualquier otro directivo.

Bankinter argumentaba un fin empresarial

Bankinter intentó argumentar que la indemnización respondía a un fin empresarial que "redunda en los propios resultados", pero el Supremo destaca que el Consejo de Administración no explicó la razón para reconocer "una indemnización de tal importe".

La sentencia del Supremo es firme y pone fin a la batalla legal entre Bankinter y Hacienda. La entidad tendrá que abonar los impuestos correspondientes a la indemnización de Arena.