Emilio Saracho, ex presidente de Banco Popular, respira tranquilo
La Sala Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado -en una resolución contra la que no cabe recurso- el sobreseimiento provisional y archivo para Emilio Saracho, expresidente del Banco Popular, de las diligencias instruidas por el juez José Luis Calama sobre la ampliación de capital que el BP comercializó en 2016.
Sin acusaciones para Saracho
La Sección Penal Cuarta de la Audiencia Nacional ha respaldado la decisión de Calama y ha rechazado el recurso con el que la Asociación Española de Accionistas Minoritarios de Empresas Cotizadas (AEMEC) pretendía que Saracho compartiera el banquillo de los acusados con su antecesor, Ángel Ron, y otros 12 exdirectivos del Popular.
Engaño a los inversores
El juez Calama considera que los inversores que acudieron a suscribir la ampliación del BP fueron engañados, ya que las cuentas anuales consolidadas del año 2015 y los estados financieros del primer trimestre de 2016 no reflejaban la imagen fiel del balance ni del patrimonio de la entidad. Dichas cuentas ocultaban un importante déficit de provisiones.
Saracho, sin responsabilidad
Sin embargo, el juez instructor aprecia que Saracho no tuvo "ninguna intervención en las vulneraciones de la normativa contable", sino que "tomó medidas para chequear y evaluar el balance del banco". Tampoco considera acreditado que Saracho, presidente del BP entre febrero y junio de 2017, fuera el responsable de "las graves filtraciones a la prensa que aceleraron la fuga de depósitos".
Desestimación del recurso
La Sala Penal ha respaldado íntegramente estas apreciaciones, acogiendo los argumentos del defensor de Saracho, Carlos Gómez Jara. En una extensa resolución fechada el pasado 5 de julio de la que ha sido ponente la magistrada Francisca Ramis, la Sección alude a la "motivación exhaustiva" del instructor "para fundamentar su decisión del sobreseimiento provisional de las actuaciones respecto de Saracho, resultando totalmente procedente dicho sobreseimiento porque no concurren los elementos del tipo necesarios para atribuirle la comisión de un delito de administración desleal".
Indicios contra Saracho
La AEMEC mencionaba en su recurso una serie de indicios que, a su entender, pondrían de manifiesto que la idea de Saracho "era pasar el banco a un tercero al menor precio posible, aparentado desarrollar una estrategia alternativa al plan de negocio mientras en la práctica llevaba el banco a la resolución mediante diferentes operaciones maliciosas que desembocaron en una furibunda salida de depósitos que provocaron la inmediata liquidez y posterior resolución" de la entidad.
Situación financiera real
La Sala responde que "la real y verdadera situación financiera" del Banco Popular cuando Saracho llegó a la presidencia del Popular "es radicalmente diferente a la que expone el recurrente, situación que silencia". El tribunal menciona, entre otros argumentos, los informes periciales que ponen de manifiesto que en diciembre de 2015 el Banco Popular hubiera tenido un resultado negativo antes de impuestos de 1.715 millones de euros, en lugar de beneficios de 106 millones.
Informe del Banco de España
El recurso se apoyaba fundamentalmente en un informe de los inspectores del Banco de España de abril de 2019, pero la Sala observa que los recurrentes "no citan ese informe en su integridad, sino que extraen y entresacan sólo la parte que les interesa".
Causas de la resolución del Popular
Subraya, a este respecto, que las principales conclusiones a las que llegaron los peritos del Banco de España respecto a las causas de la resolución del Popular fueron, en primer término, los tres episodios de fuga de depósitos que se registraron durante el segundo trimestre de 2017.
En segundo lugar, que las cuentas anuales que se reflejaron en el folleto de la ampliación de capital no respetaban determinados aspectos de la normativa contable, en especial la clasificación de las operaciones refinanciadas en dudoso.
Y, en tercer término, que algunas de las hipótesis para llegar a las estimaciones contenidas en el folleto de la ampliación de capital eran demasiado optimistas, en especial la evolución prevista de dudosos. Ello, unido a la baja cobertura planificada para los adjudicados, invalidaba las estimaciones de cobertura, pérdidas y solvencia.
Exoneración de Saracho
"Ninguna de estas causas o concausas son imputables a Saracho", zanja la Sala. En particular, le desliga de la primera causa, la fuga de depósitos, que -según los recurrentes- se habrían debido a la filtración a la prensa de noticias negativas sobre la situación y futuro del Popular, filtraciones que atribuye a Saracho.
Razones de la fuga de depósitos
"Ello no es así", señala el tribunal de apelación. La fuga de depósitos "parece deberse a un conjunto de factores, como la mala evolución [del BP] en Bolsa por no alcanzar los objetivos anunciados en la ampliación de capital de 2016 y a la incertidumbre sobre la estrategia para constituir el capital necesario para cumplir los requerimientos de solvencia, así como, a bajadas de 'rating' y a noticias y declaraciones a la prensa no siempre fundadas en la situación real del banco".
Testigo no creíble
Además, un único testigo, el director de comunicación del banco en la época de Ron, es el que afirma que fue Saracho el responsable de esas filtraciones a los medios. "El instructor no da a ese testigo garantía de veracidad ni de credibilidad pues dicho asesor fue cesado por Saracho y tiene estrechas relaciones con el anterior presidente, Ángel Ron, en cuyo favor testificó en una demanda de reclamación de cantidad", destaca la Sala. "Además de este testigo", señala, "no existe ningún otro dato indiciario ni ninguna corroboración sobre la autoría de Saracho en las filtraciones".